TSJ
El TSJ obliga a la Generalitat a investigar el caso de Daniela, la mujer trans enterrada bajo un nombre masculino
El Tribunal Superior de Justicia dicta una sentencia pionera que legitima a las asociaciones LGTBI para denunciar la discriminación post-mortem y obliga a la Generalitat a investigar el borrado de la identidad de la joven trans en su propia lápida

Daniela, conocida como Kendall, en una imagen cedida por sus amigas. / Levante-EMV
Gonzalo Sánchez
Daniela fue enterrada con un nombre y unas fotos que detestaba. Tres años después de que la joven decidiera poner fin a su vida tras un calvario de rechazo familiar y terapias de conversión, su nombre sigue siendo objeto de una batalla legal por su memoria y dignidad. En el cementerio de Aspe (Alicante), una losa de mármol insiste en llamarla por un nombre masculino que ella ya había enterrado en vida. Bajo el necrónimo, unas fotografías la muestran con un aspecto de chico que aborrecía. Es el último acto de violencia de una familia que nunca aceptó su transición y que, tras su muerte, decidió ejecutar un borrado absoluto de su identidad.
Sin embargo, una reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha abierto una brecha de esperanza en este muro de silencio institucional. El tribunal ha determinado que la asociación EUFORIA Familias Trans-Aliadas está legitimada para denunciar esta situación, anulando la pasividad previa de la Conselleria de Igualdad.De hecho, la sentencia advierte a la Generalitat de que no puede mirar hacia otro lado cuando se vulnera la dignidad de una persona trans, incluso si esta ya ha fallecido. Les obliga a abrir expediente, por fin, del caso de Daniela.
El último agravio en el mármol
La historia de Daniela, conocida como Kendall por sus amigas, es la crónica de un abandono y fallo estrepitoso del sistema. Nacida en Chile en 2002 y adoptada por una familia española, su calvario comenzó a los 11 años, cuando empezó a expresar su identidad de género. Lo que debería haber sido un proceso de acompañamiento se convirtió en un descenso a los infiernos. Sus padres, movidos por un fanatismo religioso que veía "demonios" en ella, la internaron en un convento de Cantabria.
Allí, Daniela fue sometida a presuntas terapias de conversión. Según los testimonios recabados por sus allegados, fue medicada para "curar" su transexualidad y obligada a vestir y comportarse como un hombre. Aquellas prácticas, hoy prohibidas por la legislación española pero que siguen operando en la sombra de ciertos entornos eclesiásticos, quebraron su salud mental. Tras perder la familia su custodia y pasar por el sistema de protección de menores, Daniela logró, al cumplir la mayoría de edad, la victoria de ver reconocido su nombre legalmente. Pero el daño ya era profundo. En abril de 2022, ante la precariedad económica y el abandono emocional, Daniela se quitó la vida en Santander.
Un calvario de "conversión"
La violencia no se detuvo con su último aliento. Al fallecer, la potestad sobre sus restos recayó de nuevo en esa familia que la había repudiado. En un gesto de crueldad simbólica, sus padres decidieron ignorar su nombre registral y su identidad ganada a pulso. En su lápida de Aspe, el nombre de Daniela fue borrado. Se le impuso el género masculino y se colocaron imágenes que ella consideraba una afrenta a su memoria.
Fue entonces cuando Alana, su mejor amiga, y la asociación Euforia, sostuvieron el pulso. "Es un atentado contra la dignidad humana", denunciaron. Sin embargo, se encontraron con un muro administrativo: la Generalitat Valenciana rechazó inicialmente la denuncia alegando que la asociación no tenía "legitimidad" para intervenir en un asunto que consideraban del ámbito privado de la familia. La Administración parecía preferir la comodidad del archivo antes que la complejidad de defender los derechos LGTBI.
Legitimidad frente al olvido
La sentencia del TSJCV cambia radicalmente el tablero. El jurista Saúl Castro, abogado de la causa, destaca la relevancia de que el tribunal haya entendido que, en casos de discriminación por razón de género, debe primar la normativa específica recogida en la Ley 23/2018 de la Comunitat Valenciana. El fallo establece que las entidades de defensa de los derechos trans tienen un interés legítimo y directo para denunciar estos actos, especialmente cuando la propia familia es la fuente de la discriminación.
Este reconocimiento es un hito. Permite actuar contra el entorno cercano de las personas fallecidas cuando este utiliza su posición legal para violentar la memoria del difunto. El TSJCV afirma con contundencia que la Administración tiene la obligación de atender y procesar la denuncia, evaluando si el borrado del nombre de Daniela en su lápida constituye una infracción administrativa grave de la Ley LGTBI valenciana.
La ley como escudo post-mortem
El caso de Daniela es la punta del iceberg de una realidad que afecta a muchas personas trans que caminan sin red. El informe "Estado del odio LGBTI 2025" ya advertía que las agresiones al colectivo han escalado de forma alarmante, legitimadas por discursos políticos que deshumanizan a estas personas. En el caso de Daniela, la deshumanización ha llegado al cementerio.
Natalia Aventín, presidenta de Euforia, insiste en que este proceso busca restaurar la dignidad no solo de Daniela, sino de todo un colectivo que históricamente ha sido despojado de sus derechos incluso después de la muerte. La batalla legal aún no ha terminado, pero el reconocimiento de la legitimidad de Euforia es la primera gran victoria. Ahora, la Generalitat deberá entrar en el fondo del asunto: decidir si obliga a la familia a rectificar la lápida o si impone las sanciones correspondientes por un acto de Lgtbifobia manifiesta.
Daniela quería ser recordada por quien era. Su lucha no era solo por un nombre en un DNI, sino por el derecho a existir con la identidad que ella misma eligió y defendió contra viento y marea. Hoy, gracias a esta sentencia, esa llama que su familia quiso apagar bajo el mármol de Aspe brilla con más fuerza.
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