Tribunales
Carlos Mazón pide personarse en la causa de la dana al considerar que la jueza le sigue investigando
El expresident solicita acceso a toda la causa en calidad de "interesado", lo que podría retrasar su comparecencia como testigo ante la jueza

Carlos Mazón en Les Corts / Miguel Ángel Montesinos / LEV
El expresident de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ha pedido personarse en calidad de "interesado" en la causa judicial que investiga la gestión de la dana del pasado 29 de octubre con el objetivo de acceder al contenido íntegro de las actuaciones. Según el escrito presentado ante el juzgado de Catarroja, al que ha tenido acceso este diario, la representación procesal de Mazón solicita al juzgado que le tenga por personado como parte en las diligencias previas abiertas en el procedimiento. La causa, cabe recordar, se sigue contra la exconselelra Salomé Pradas y el exsecretario autonómico Emilio Argüeso.
El paso de Mazón se produce después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) rechazara investigarle, como pidió la jueza, al no considerarle “garante” de la seguridad de la ciudadanía durante la emergencia del 29-O. Tras aquella decisión, notificada el 16 de marzo, la magistrada Nuria Ruiz Tobarra ha citado a declarar a Mazón como testigo y le ha pedido además que entregue sus conversaciones por WhatsApp de aquella tarde.
En ese contexto, el exjefe del Consell pide la personación en calidad de "interesado" al considerar, según fuentes de su entorno, que pese al auto del TSJCV, la magistrada sigue investigándole de facto. Por ello, señalan las mencionadas fuentes, el expresident ha decidido personarse para tener acceso a toda la causa y saber qué se supone que sigue investigando después de que el alto tribunal valenciano le haya dicho que no ve indicios de delito. El objetivo es, por tanto, conocer los términos en los que se le investiga después del auto del TSJ para garantizar que no sigue reiterándose sobre cuestiones que ya han sido resueltas por el TSJCV.
Fuentes próximas al proceso precisan que la personación en calidad de "interesado" o “parte procesal" es una fórmula quecontempla la ley (artículos 118 y 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal) y que, según esta interpretación, permitiría a aforados como Mazón, quien mantiene su acta de diputado en las Corts Valencianes, acceder a una causa cuando considere que se está llevando a cabo una investigación que podría afectarle y a la que no puede tener acceso precisamente por la protección que le proporciona ese aforamiento.
De aceptar la jueza este planteamiento, el exjefe del Consell conocería todo el contenido de la causa antes de su comparecencia como testigo anunciada por la instructora y a la que solo falta poner fecha. En caso contrario, es decir, en el supuesto de que la instructora rechazara las pretensiones de Mazón, la decisión se recurría a la Audiencia Provincial de Valencia, órgano que al final decidiría sobre la posibilidad de que el diputado estuviera personado en este proceso sin ser investigado (nunca podría mientras siga aforado salvo que el TSJ, ante una segunda exposición razonada cambiara de criterio) ni perjudicado.
En cualquier caso, lo que sí ha conseguido Mazón con esta maniobra judicial es ganar tiempo y dilatar su comparecencia como testigo y la posibilidad de aclarar ante la jueza todos los puntos oscuros que rodean su actuación aquel 29 O.
En su escrito, la representación del exjefe del Consell expone que, desde el inicio del procedimiento, ha mantenido una actitud de “máximo respeto” hacia la instrucción y hacia las resoluciones adoptadas tanto por el juzgado como por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. En este sentido, señala que su decisión de no personarse con anterioridad respondía a una “prudencia procesal” y no a una falta de actuación.
No obstante, tras el reciente pronunciamiento del TSJCV, que descartó la existencia de responsabilidad penal en su caso, el expresident considera que ha llegado el momento de ejercer formalmente su derecho a intervenir en el procedimiento. “Es el momento de hacer efectiva la prerrogativa para analizar las diligencias que se siguen practicando sobre él aún después de la resolución del tribunal competente”, recoge el escrito.
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