La Liga de Fútbol Profesional (LFP) establece una ayuda económica por descenso de categoría, que el Castellón solicitó al término de la pasada campaña, cuando cayó a la Segunda B. La Liga aprobó esta especie de subvención por una valor de 440.000 euros, pero manteniendo un férreo control sobre los destinatarios (acreedores, nunca futbolistas y/o entrenadores), los plazos, los importes e, incluso, la devolución, en caso de regresar a la Segunda A.

La Ayuda al Descenso es uno de los apartados del Reglamento General de la LFP. Punto por punto, desglosa las condiciones, términos... de la misma, a la que solo pueden acogerse los equipos que hayan bajado por causas deportivas, que no estén en Ley Concursal y que no estén recibiendo (o hayan restituido) una ayuda similar, entre otras restricciones.

LA RECLAMACIÓN // Al final de una temporada, un club que ha bajado, pide esta subvención a la Comisión Delegada de la LFP que, en el mes siguiente, determina la cuantía exacta y los plazos de distribución (nunca más de cuatro años). La entidad en cuestión debe remitir un balance de sumas y saldos cerrado a una fecha no anterior a la de 30 días antes de la fecha de esta solicitud, así como una relación e identificación de acreedores (al igual que la cuantía y la causa de ese débito).

Asimismo, el club incluirá, en su demanda, una copia de la información contable que, periódicamente, envía al Consejo Superior de Deportes (CSD), en relación al ejercicio económico más reciente. También le es indispensable un certificado de deudas (o de inexistencia de las mismas) con los organismos públicos, léase las administraciones tributarias de índole nacional y/o autonómicas, Hacienda Pública, Seguridad Social, Real Federación Española de Fútbol...

El punto 7 de la Ayuda al Descenso de la LFP especifica la aplicación de la subvención, que no se entregará a la entidad beneficiaria, sino que será destinado por la LFP a pagar a acreedores, según una relación que establece: LFP, Federación Española, clubs dependientes de la LFP y, en general, todo tipo de acreedores, excepto a futbolistas y técnicos.

aplicación al castellón // Esta ayuda, trasladada al Castellón, implica lo siguiente. La LFP le destina 440.000 euros, que abonará en cuatro plazos, uno por temporada, en pagarés nominativos con vencimiento entre noviembre y enero. Es decir, su papel, en esta transacción, es el de meramente ser un intermediario.

En el caso de que recupere la categoría perdida en los siguientes cuatro años (ya se ha cumplido el primero), la entidad tiene que devolver lo desembolsado por la Liga hasta ese momento. H