Hacienda restará de la devolución del próximo impuesto sobre la renta (IRPF) y otros tributos, las deudas fiscales (IBI, IAE y otros) en vía ejecutiva (una vez agotados los plazos) contraídas por los contribuyentes con sus ayuntamientos. Esta medida entra en vigor en los municipios de más de 50.000 habitantes. Los ayuntamientos con menos población podrán acogerse a esta modalidad a partir del 2006.

Esta colaboración entre administraciones, que se daba ya con las multas municipales y de Tráfico, nace de los convenios firmados entre Hacienda y la Federación Española de Municipios y Provincias.

En caso de no haber devolución, podrá cobrarse la deuda directamente de las cuentas bancarias.