Las 19 condiciones impuestas por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) a la eléctrica E.ON para adquirir Endesa serán modificadas, según comunicó ayer miércoles el Gobierno español a la Comisión Europea. Y lo hará "en línea con las alegaciones efectuadas por las empresas, en especial por la empresa adquirente", es decir, la alemana.

Las condiciones impuestas, se justifica el Gobierno, "tratan de garantizar la continuidad en la contribución a la garantía del suministro de los activos energéticos de la empresa absorbida, sujetos a supervisión o que inciden en el proceso de planificación energética y, por ende, son determinantes en la garantía del suministro", dice. A estos aspectos se refieren los ocho primeros requisitos de la CNE.

En lo tocante a las condiciones sobre las desinversiones y la obligación de cesión de la gestión de determinados activos --sobre todo, los nucleares--, es decir de la condición novena a la undécima, el documento describe "los riesgos que la filialización de Endesa pueden entrañar para el cumplimiento de los intereses generales legítimos de España en materia de seguridad pública y, de manera más concreta, en materia de seguridad de suministro y elección de las fuentes de suministro". A pesar de su importancia, el ministerio de Industria explica que podrá suavizarlas, como las que figuran en los capítulos 14 y 15.

En cuanto a la condición 17 --la prohibición de vender Endesa en 10 años--, el Ministerio recuerda que E.ON no la ha recurrido y se muestra sorprendido de que la Comisión Europea la incluya en sus alegaciones, ya que es similar a la impuesta por Berlín en la fusión de E.ON con Ruhrgas, que no mereció reproches por parte de Bruselas.

Por último, las condiciones 18 y 19 --sistemas para garantizar el suministro en los casos de emergencia-- serán modificadas tras la estimación, aunque sea parcial, del recurso de alzada de E.ON ante Industria.