Final feliz. Alberto Cortina y Alberto Alcocer, conocidos como los Albertos, han tenido que esperar casi cuatro años para que el Tribunal Constitucional anule la sentencia del Tribunal Supremo que les condenó a tres años y cuatro meses de prisión por estafa y falsedad en documento mercantil por la venta de Urbanor, propietaria de los terrenos donde se construyeron las Torres KIO de Madrid. El alto tribunal ha establecido que el Supremo se equivocó cuando decidió que los hechos no habían prescrito.

La sentencia del Constitucional era esperada con gran interés en medios financieros, ya que los primos Cortina y Alcocer estaban pendientes de ingresar en prisión por haber engañado a sus socios con la venta de Urbanor. Sin embargo, la Audiencia de Madrid --que les absolvió en el 2000-- dejó en suspenso su ingreso en prisión hasta que el alto tribunal resolviera su recurso.

LOS ARGUMENTOS El Constitucional decidió ayer que el Supremo aplicó una "interpretación lesiva" del derecho fundamental de los Albertos a la tutela judicial efectiva, ya que fue "insuficientemente respetuoso" con el derecho de libertad "que estaba en el trasfondo de la decisión". Afirma que, "en un régimen democrático, donde rigen derechos fundamentales, la libertad de los ciudadanos es la regla general y no la excepción". Por ello, subraya que los tribunales no pueden aplicar arbitrariamente la prescripción de los delitos cuando está en juego su libertad.

Para los jueces del Tribunal Constitucional, la presentación de un escrito un día antes de que prescriban los delitos, --como hicieron los perjudicados de este caso-- no es suficiente para interrumpir el plazo de conclusión de un proceso penal. "La prescripción" --sostiene el fallo-- "no se vincula con el paso del tiempo, sino con la actividad judicial". El Constitucional opta en este caso por una interpretación restrictiva con el objetivo de evitar que "querellas o denuncias carentes de fundamento puedan impedir la prescripción de una infracción penal".

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado progresista Pascual Sala, cuenta con el voto particular del juez conservador Ramón Rodríguez Arribas. Este magistrado considera, por su parte, que la sentencia dictada por el Tribunal Supremo fue correcta y no incurre "en ninguna tacha" que pueda justificar su anulación.