La de este año es la primera declaración de la renta que hay que realizar con la nueva ley del IRPF, que entró en vigor en enero del 2007, y por eso hay que tener mucho cuidado para no cometer errores que pueden resultar caros. Sobre todo, al aplicar la nueva deducción por compra de vivienda o la nueva tributación del ahorro. En el primer caso, un descuido puede llevar a perder hasta 451 euros.

Con la nueva ley del IRPF empeora la deducción por vivienda. Se fija un porcentaje de deducción del 15%, aplicable sobre las cantidades empleadas en la adquisición o rehabilitación de vivienda o que se depositen en cuentas vivienda, sobre un máximo de 9.015 euros al año.

Varios porcentajes

La nueva ley elimina los porcentajes incrementados que existían en la normativa anterior y que permitían una deducción del 25% sobre los primeros 4.507,59 euros aportados en cada uno de los dos años siguientes a la adquisición o rehabilitación de vivienda (el 15% sobre el exceso, hasta el tope de 9.015,18 euros). Para los años siguientes, existía un porcentaje aumentado del 20% para esos primeros 4.507,59 euros (para el resto, el 15%). Así, en los dos primeros años, se podía lograr una deducción máxima de 1.803 euros en la cuota del impuesto y en los siguientes, de 1.577 euros.

La nueva ley establece un porcentaje único del 15% y el beneficio máximo se reduce a 1.352,25 euros. Pero se determina que las viviendas adquiridas antes del 20 de enero del 2006 (cuando se anunció la reforma del impuesto) tendrán derecho a una compensación. Para ello hay que rellenar la casilla 737, que, por su complejidad, ya empieza a ser famosa. Y aquí está el problema.

Al hacer la declaración con el Programa Padre el sistema calcula la deducción aplicando el 15% general. Como hay que señalar la fecha de compra de la vivienda, si esta es anterior al 20 de enero del 2006, se despliega un mensaje que advierte de es preciso comprobar las cantidades reflejadas "a efectos de la compensación por inversión en la adquisición de vivienda habitual efectuada antes de 20 de enero del 2006 con financiación ajena". Solo se puede seguir si se marca "Continuar" o "Corregir".

Si la adquisición fue antes de esa fecha, hay que optar por "Corregir", pero es posible que el contribuyente no se dé por aludido y opte por "Continuar". En ese caso habrá renunciado, sin saberlo, a una deducción de un máximo de 451 euros, o de 224,75 euros, según se trate de los dos años siguientes a la compra o de posteriores.

Tras optar por "Corregir", hay que desplegar la pestaña "Compensación por adquisición de vivienda habitual", que entonces sí, hará los nuevos cálculos. Ni las cantidades invertidas en rehabilitación, ni las depositadas en cuentas vivienda tienen derecho a tal compensación y se regirán por el 15% general.

Todo este problema se agrava si es Hacienda quien envía el borrador de declaración. En el borrador no figura la compensación y la Agencia Tributaria lo advierte en la carta que recibe el contribuyente. En ella se dice que, en caso de haber adquirido la vivienda antes del 20 de enero del 2006, no debe confirmar el borrador, sino rectificarlo.

Tres ejemplos

Desde la Agencia Tributaria se insiste en que la información ofrecida debería evitar tales errores, pero se admite que, si se detecta que el tema es causa de dudas y problemas, habrá que intentar presentarlo de forma más clara en el futuro.

A efectos de la compensación, al consignar las cantidades aportadas en el 2007, hay que tener en cuenta que los "dos años siguientes a la adquisición o rehabilitación" se cuentan desde la fecha de adquisición. Es decir, si la vivienda se adquirió el 19 de enero del 2006, las cuotas de hipoteca pagadas hasta el 19 de enero del 2008 (dos años) tendrán derecho al porcentaje incrementado del 25% para los primeros 4.507,59 euros invertidos.

Otro ejemplo. Si la vivienda se compró el 30 de mayo del 2005, la hipoteca pagada los cinco primeros meses del 2007 se podrá beneficiar del 25%; el resto de los pagos, se beneficiará del porcentaje incrementado del 20%. Y para una vivienda adquirida hace más tiempo, todos los pagos del préstamo se pueden beneficiar del porcentaje aumentado del 20% para los primeros 4.507,59 euros.