El Tribunal Supremo ha declarado inaplicable el régimen de financiación del bono social, que se aplica a los consumidores de electricidad que son considerados más vulnerables. El alto tribunal entiende que el modelo aprobado por el Gobierno del PP es incompatible con la normativa comunitaria.

Las eléctricas han destinado desde el 2014 unos 500 millones a financiar este sistema que abarata la factura de las personas en situación vulnerable, cuyo número de beneficiarios ascendía a finales de mayo a 2,4 millones, según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Se trata de los usuarios con una potencia contratada inferior a tres kilowatios (3 KW), pensionistas de más de 60 años con prestación mínima de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, familias numerosas y aquellas en las que todos sus miembros. En todos los casos disfrutan de un descuento del 25% sobre la antigua tarifa regulada.

El Supremo ya invalidó la fórmula que entonces se aplicaba desde el 2009 por una norma del Gobierno del PSOE. Y en esta ocasión se trata de un cambio que aprobó en el 2013 el entonces ministro de Industria, José Manuel Soria, que incluyó no solo a las grandes distribuidoras, Iberdrola, Endesa, Gas Natural Fenosa, EDP y EON, sino al resto.

El tribunal ha demostrado que no era más que «una triquiñuela» y ha tumbado el modelo, explica Jorge Morales de Labra, experto del sector. Y todo ello no hará más que trasladar el pago de la indemnización al recibo, es decir, a los consumidores.

En dos sentencias, la Sala de lo Contencioso-Administrativo estima los recursos que en su día interpusieron EON España y Endesa, y reconoce el derecho de ambas a cobrar una indemnización por las cantidades aportadas en concepto de bono social por la aplicación del Real Decreto de 2014. Según el Supremo, el régimen de financiación del bono social incumple la exigencia establecida una directiva de la Comisión Europea sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad. H