Los décimos de lotería, premios recibidos en sorteos, los regalos de empresa, cenas y compran 'on line' deben declararse a Hacienda. Easyoffer, la plataforma online de abogados, lo recuerda en la guía que ha elaborado. La empresa ha elaborado una guía para evitar multas del fisco de cara a la Navidad.

Los abogados explican que esta época del año supone un pico de gastos para particulares y empresas sujetos a impuestos, como la compra venta entre particulares, que está sujeta a tributación. Destacan que gracias a las nuevas aplicaciones estos movimientos quedan registrando. Desde Easyoffer explican que, en consecuencia, las compra venta entre particulares "ha salido del anonimato y se ha hecho fácilmente trazable por parte de la Administración".

Desde el despacho Pérez Alcobas, explican que estas aplicaciones "chivan" a la Administración las operaciones, y solo tiene que poner a funcionar sus robots de búsqueda, de forma que "saben quién ha adquirido algún bien, solo tienen que esperar a que no tribute por ello para sancionarle".

El comprador es el que está obligado a declarar dicha transmisión. Lo tendrá que hacer a través del modelo 600 en la Agencia Tributaria autonómica correspondiente. Este comercio entre particulares está gravado por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales con un tipo del 4%, tributación con el que se grava la venta 'on line'. Además, en el caso de que la venta se produzca con plusvalía, es decir, por más valor que la compra, el vendedor tendrá que declararlo en su IRPF.

LOTERÍA DE NAVIDAD

En cuanto a la lotería de Navidad, conlleva un gravamen fijo del 20% del que se encarga la entidad pagadora, por lo que el agraciado, siempre que sea un particular, no tiene que hacer nada. Tampoco tiene que esperar a cobrarlo puesto que no computa en la declaración de la Renta.

Los abogados de Pérez Alcobas explican que "hace dos años se impuso un gravamen fijo a los premios de la lotería que se descuenta automáticamente cuando recibes el premio". La lotería nacional recuerda el despacho "aumentó la cuantía de los premios de la Lotería de Navidad para que la gente siguiese percibiendo el mismo importe".

Desde Legal Reports recuerdan que los premios por debajo de 2.500 euros están exentos y que es la entidad pagadora quién liquida el impuesto a través del modelo 230.

DÉCIMOS JUGADOS EN GRUPO

Respecto a los décimos jugados en grupo, se recomienda decirlo desde el primer momento porque si lo cobra uno solo y luego lo quiere repartir tendrá que pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, cuyo tipo impositivo depende de cada comunidad autónoma. En estos casos la entidad pagadora divide el importe entre las personas que lo compartan y declara por cada uno de ellos, explica Pilar Robles, de Legal Reports.

Cuando es la empresa a quien la toca un premio de Navidad, lo tiene que declarar mediante el Impuesto de Sociedades; mientras que para las personas físicas no es necesario declararlo en el IRPF, ya que con la liquidación realizada por la entidad pagadora es suficiente.

En la lotería europea, como el Euromillones, es el propio beneficiario quien tiene que liquidar el impuesto correspondiente a través del modelo 136 y a partir de los 2.500 euros.

SORTEOS EN RESTAURANTES, COMERCIOS Y GRANDES SUPERFICIES

En lo que respecta a los sorteos en restaurantes, comercios y grandes superficies, los expertos recuerdan que hay que incluirlos a título personal en la declaración de la Renta. En caso de premios muy cuantiosos en efectivo, bienes muebles o inmuebles, el pago de impuestos será proporcional.

Otro tipo de sorteos, por ejemplo los que organizan los centros comerciales, asociaciones de comerciantes, restaurantes, o cualquier otro tipo de negocio por estas fechas, sí se tendrán que declarar, con carácter general, en la declaración de la Renta, y la cuantía de su tributación dependerá del premio.

CESTAS Y CENAS DE NAVIDAD

Sobre las cestas y cenas de Navidad, recuerdan que, de cara al empresario, se podrán incluir como gastos de cara al Impuesto de Sociedades siempre y cuando estén justificados, sea una práctica habitual por parte de la empresa, sus cuantías no sean desmesuradas y vayan dirigidas a la plantilla al completo.

En la nómina de los trabajadores debería venir reflejado una retribución en especie, en el caso de la cesta, y eso se tendría que declarar en el IRPF, si bien en la práctica pocas o ninguna empresa lo hace así.

Esto significa que una empresa sí podrá incluir en la partida de gastos la cena de Navidad dentro del Impuesto de Sociedades siempre que haya una costumbre de que se celebren ese tipo de eventos, aunque no se podrá deducir de las cuotas del IVA.

Si se trata de hacer regalos a los clientes, Legal Reports aclara que tiene que haber una factura para que se pueda justificar que es un regalo promocional, y además esos regalos tienen que llevar un logo de la empresa grabado. Se puede deducir si se cumplen los requisitos, estando el presupuesto para estos regalos limitado al 1% de la cuenta de la empresa.

A su vez, las cestas de navidad también son gastos deducibles pero justificando que han acudido realmente los empleados, alegando que es un evento para el mejor funcionamiento de la empresa pero no es deducible es una cena de Navidad de solo directivos.

Sigue en directo el sorteo.