Sistema de pensiones

La edad para jubilarse parcialmente baja a los 62 años desde este martes

La reforma de la jubilación parcial y activa, pactada entre el Gobierno y los agentes sociales, entra en vigor este 1 de abril y genera dudas sobre si logrará sumar a más empleados a esta modalidad

Trabajador de la construcción, en Lleida, durante una ola de calor.

Trabajador de la construcción, en Lleida, durante una ola de calor. / Jordi V. Pou

Gabriel Ubieto

Gabriel Ubieto

Barcelona

Los trabajadores que cumplan 62 años a partir de este martes ya podrán acceder a la jubilación parcial. Un año antes de lo que hasta ahora estaba permitido y es que a partir del 1 de abril entran en vigor la nueva reforma pactada entre el Gobierno, patronal y sindicatos y que incluye también, entre otros, novedades para los autónomos que quieran seguir con su negocio una vez hayan alcanzado la edad legal para el retiro. 

La reforma busca hacer atractivas esas dos figuras –la jubilación parcial anticipada y la jubilación activa- que hasta ahora eran de uso minoritario dentro del mercado laboral. Y generan una expectativa desigual, según la fuente consultada. Hay cierta unanimidad en que los cambios suman más que restan, pero también que el impacto será, en el mejor de los casos, moderado.

La nueva norma, aprobada en Consejo de Ministros el pasado 24 de diciembre de 2024, incluye una batería de novedades que busca, por un lado, abrirle la puerta a aquel trabajador que quiera abandonar el mercado laboral, pero hacerlo de una forma más progresiva. Y, por el otro, el que quiera seguir más allá de la edad legal de jubilación, podrá hacerlo y con más incentivos.  

La reforma se sustenta en dos grandes patas y ambas entran en vigor este 1 de abril. Por un lado, están los cambios en la jubilación parcial. Ahora los empleados podrán adelantar hasta tres años –antes eran dos- su acceso a la jubilación parcial, siempre que hayan cotizado previamente 38 años y 3 meses, lo pacte con su empresa y esta contrate a un relevista que le cubra el puesto contratado. Si no tuvieran esos 38 años y tres meses cotizados, podrían adelantar su jubilación parcial a partir de los 63 años y ocho meses.   

Un trabajador que tenga todos sus años cotizados y compacte al máximo su jornada puede jubilarse definitivamente a los 63 años y dos meses

Los empleados que decidan jubilarse parcialmente lo que, de facto, están haciendo es reducir su jornada laboral durante los años previos al retiro definitivo. Con las nuevas condiciones, el primer año podrán recortar entre un 20 y un 33% de su jornada –también de su sueldo- y combinarlo con la parte proporcional de pensión, para ampliar a partir del segundo y tercer año su reducción a hasta un 75%. Un trabajador que tuviera todos sus años cotizados y compactara al máximo su jornada podría llegar a jubilarse definitivamente a los 63 años y dos meses.

Beneficio para los oficios más físicos

“Puede beneficiar a aquellas profesiones físicamente más duras”, apunta la secretaria nacional de la UGT de Catalunya, Reyes Solaz, que cita oficios como las limpiadoras de edificios públicos, los conductores de autobuses o los reponedores del comercio. En algunos sectores, como el primero, la dinámica ya la tienen integrada en el convenio colectivo. En otros, como el segundo, esperan resistencia patronal para extender la figura, algo especialmente problemático, ya que la empresa puede vetar el acceso a la jubilación parcial del empleado. 

Una novedad que Solaz destaca como relevante para ampliar el uso del contrato de relevo es que, si bien hasta ahora la persona contratada debía estar previamente en desempleo o con un contrato temporal, ahora se añade la posibilidad de que sea fijo discontinuo. “Permite a las empresas contratar a alguien que ya esté ligado al sector y no tendrá que invertir tanto en formarlo”, opina.  

La industria del automóvil utilizará la jubilación parcial para reestructurar sus plantillas, es menos traumático que el despido

Miguel Arenas

— Profesor de la UOC y abogado del Col·lectiu Ronda

Hasta ahora esta figura no ha sido de uso frecuente, muy circunscrita a la gran empresa y, especialmente, al sector manufacturero, con unas condiciones especiales y más beneficiosas que con la reforma se ven prorrogadas hasta 2029. “Es donde más éxito va a tener, sobre todo en el actual contexto, con Donald Trump imponiendo aranceles a la industria del automóvil y en plena transición al vehículo eléctrico. Muchas empresas lo utilizarán para reestructurar sus plantillas y es un recurso menos traumático que el despido”, afirma el profesor de la UOC y abogado del Col•lectiu Ronda, Miguel Arenas.

Actualmente, según apuntan fuentes conocedoras, hay unos 64.000 trabajadores que han decidido recortar parte de su jornada antes de retirarse definitivamente, lo que representa un 1% de los 6,5 millones de jubilados que hay en España. La nueva reforma aspira ampliar dicho número, si bien, a criterio, del socio de laboral del bufete de abogados Pérez-Llorca Manel Hernández, “pese a la mejora, los incentivos no son suficientes para garantizar un gran éxito”. 

Pese a la mejora, los incentivos no son suficientes para garantizar que la reforma sea un gran éxito

Manel Hernández

— Socio del bufete Pérez-Llorca

Quien, por el momento, no podrá disfrutar de la jubilación parcial son los trabajadores del sector público. El personal laboral, legalmente, sí puede, pero la falta de nuevas plazas para poder tener suficientes relevistas provoca, según señalan desde los sindicatos, un tapón ‘de facto’ para acogerse a esta modalidad. Y en el caso de los funcionarios, su acceso todavía está pendiente de regularse en la nueva ley de la función pública, actualmente en trámite en el Congreso. 

Jubilarse y seguir trabajando

A partir de este martes también entran en vigor las nuevas condiciones para la jubilación activa, que permite a un trabajador jubilarse, es decir, pasar a cobrar la pensión, pero seguir trabajando y percibir así un sueldo. Esta modalidad hasta ahora también era un recurso poco utilizado por los ocupados españoles y prácticamente se limitaba a los trabajadores autónomos. Según los últimos datos publicados por la Seguridad Social, en 2023 había 67.164 jubilados en activo, de los que el 85% eran autónomos.   

Los autónomos que se jubilen pero sigan trabajando empezarán cobrando un 45% de pensión, más sus ingresos laborales, y podrán llegar al 100% a medida que alarguen su trayectoria laboral y a partir de los 11 años en jubilación activa. Lo que supone un incentivo a largo plazo, pero no a corto. “Tiene más sentido para alguien que tenga un bufete de abogados que no una peluquería”, opina el presidente de la organización de autónomos CTAC, Dani García

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents