Juanma Lorente, abogado laborista: "Te pagan las vacaciones, te dan de baja y crees que estás fuera de la empresa"
Al cumplir un año y medio de baja médica la empresa no está obligada a seguir cotizando

Eva Abril
Laura Morote
Recibir un mensaje de la Seguridad Social informándote de que tu empresa te ha dado de baja, ha pagado tus vacaciones pendientes y ha enviado el finiquito puede parecer el final de tu contrato. Le pasó a una joven tras 18 meses de baja médica. Pensó que la habían despedido. Pero según explica Juanma Lorente, abogado laboralista, no se trata de un despido.
En este artículo te contamos qué es en realidad ya que es un procedimiento habitual que genera confusión y que conviene conocer bien.
¿Qué ocurre cuando llevas 18 meses de baja médica?
Cuando una persona acumula 545 días de baja médica, entra en lo que legalmente se llama un proceso de revisión por el tribunal médico. En este punto, la empresa ya no está obligada a seguir cotizando por el trabajador, ni a mantenerlo de alta en la Seguridad Social. Por eso, muchas veces se recibe un mensaje automático que indica que:
- Te han dado de baja en la Seguridad Social
- Te han pagado el finiquito
- Te han abonado las vacaciones pendientes
- Y que a partir de ese momento cobrarás de la mutua
Todo esto suena a despido. Pero no lo es.
No es un despido, es una suspensión del contrato
A pesar de lo que pueda parecer, la empresa no ha roto el vínculo laboral. Lo que ha hecho es suspender el contrato mientras se espera la resolución del tribunal médico. Es decir, el trabajador sigue siendo empleado de la empresa, aunque no esté dado de alta en ese momento.
Los únicos requisitos para que los mayores de 60 años puedan cobrar la pensión de orfandad
Juanma Lorente lo resume así: “Es un trámite normal. La empresa deja de cotizar, pero el contrato sigue existiendo. Si te dan el alta, deben devolverte a tu puesto, sin tocarte el salario ni el horario”.
¿Y si el tribunal médico me da el alta?
Si tras la revisión, el tribunal médico considera que estás en condiciones de volver a trabajar y te emite el alta médica, la empresa está obligada a reincorporarte en las mismas condiciones que tenías antes de la baja: mismo salario, horario y puesto. No pueden cambiarte de categoría, reducirte jornada ni aplicarte otras condiciones, salvo que exista una causa justificada y se tramite de forma legal.
Una vez que la empresa deja de pagarte y de cotizar, debes pedir el pago directo a la mutua o al INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), dependiendo de quién gestione tu baja. Este paso es esencial para no quedarte sin ingresos mientras esperas el dictamen del tribunal médico.
- Dos nuevas marcas 'premium' preparan su apertura en el centro comercial Salera de Castellón
- Fallece la joven que se precipitó desde un edificio de Castelló el Viernes Santo
- Galería de imágenes: Búscate en el concierto de Fito & Fitipaldis en Castelló
- Fito y Fitipaldis en Castelló: horario, accesos, aparcamiento y todo lo que debes saber del concierto en el Recinto Ferial
- Calzados Segarra de la Vall d'Uixó se hace más grande: compra la marca riojana Notton
- Adjudicada en subasta la macronave de Frost-trol: esto es lo que se paga por ella
- Sanitat rectifica y facilita el acceso a la nueva app GVA+ Salut: vuelve el pin de cuatro cifras
- Juan García Ripollés recibirá la Alta Distinción de la Diputación de Castellón en reconocimiento a su trayectoria