Hacienda permite ahorrar hasta 9.000 euros en la Renta 2026: estos son los requisitos y plazos clave
Hay hasta tres tramos diferenciados

Imagen de archivo de la declaración de la Renta. / SERVICIO ESPECIAL
Cada año, millones de contribuyentes están llamados a rendir cuentas con Hacienda en la campaña de la Renta, presentando sus declaraciones del IRPF y del Impuesto sobre el Patrimonio. En 2026, los ciudadanos deberán declarar los ingresos correspondientes al ejercicio fiscal de 2025 entre el 8 de abril y el 30 de junio, un inicio que se retrasa seis días respecto a la campaña anterior, que arrancó el 2 de abril.
Dentro de las principales ventajas fiscales disponibles en esta campaña destaca una deducción que puede permitir reducir la factura del IRPF hasta en 9.000 euros, siempre que se cumplan las condiciones fijadas por la Agencia Tributaria.
Para acceder a este beneficio fiscal es necesario acreditar que las actuaciones realizadas en la vivienda producen una mejora efectiva de la eficiencia energética, con una reducción mínima del 30% del consumo. Hacienda exige la presentación de un certificado energético anterior y otro posterior a las obras, ambos expedidos por un técnico competente.
¿Cuánto se puede deducir?
La normativa no establece una deducción única, sino tres tramos diferenciados en función del ahorro energético logrado y del tipo de inmueble:
- Deducción del 20% (hasta 1.000 euros)
- Pensada para actuaciones de menor alcance que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración. La base máxima anual es de 5.000 euros, lo que permite una deducción efectiva de hasta 1.000 euros.
- Deducción del 40% (hasta 3.000 euros)
- Dirigida a obras que logren reducir un 30% el consumo de energía primaria no renovable o que eleven la calificación energética del inmueble a A o B. En este caso, la base máxima anual asciende a 7.500 euros y el ahorro fiscal puede alcanzar los 3.000 euros.
- Deducción del 60% (hasta 9.000 euros en varios ejercicios)
- Aplicable a actuaciones en edificios completos o comunidades de propietarios. Cada contribuyente puede deducirse el 60% de su aportación, con una base máxima anual de 5.000 euros y la posibilidad de arrastrar el importe no deducido durante cuatro años, hasta una base acumulada de 15.000 euros.
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