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Los beneficiarios del IMV deberán presentar la Renta antes del 30 de junio para no perder la ayuda

La Seguridad Social recuerda que todos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la declaración del IRPF cada año, aunque sus ingresos sean bajos

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno.

Pedro Sánchez, presidente del Gobierno. / José Luis Roca

La campaña de la declaración de la Renta de 2026, correspondiente a los ingresos de 2025, comenzará el próximo 8 de abril y se prolongará hasta el 30 de junio. En este contexto, la Seguridad Social ha recordado una obligación clave para quienes reciben el Ingreso Mínimo Vital (IMV): presentar la declaración del IRPF cada año, independientemente de la cuantía de sus ingresos.

A diferencia de otros contribuyentes que pueden quedar exentos de declarar cuando sus ingresos son reducidos, los beneficiarios del IMV deben hacerlo obligatoriamente. Este trámite permite a la Administración comprobar si siguen cumpliendo los requisitos económicos exigidos para mantener la prestación y ajustar, si procede, la cuantía en función de la situación familiar o los ingresos del hogar.

Actualmente, el Ingreso Mínimo Vital llega a cientos de miles de hogares en España y se concede en función de los ingresos y el patrimonio de la unidad de convivencia. Por este motivo, la declaración de la Renta se utiliza como una herramienta para verificar cada año la situación económica de los beneficiarios.

Qué ocurre si no se presenta la declaración

No cumplir con esta obligación puede tener consecuencias directas sobre la ayuda. La normativa establece que la Seguridad Social puede suspender el pago del IMV cuando no se presenta la declaración del IRPF durante dos ejercicios fiscales consecutivos.

La suspensión no implica necesariamente la pérdida definitiva de la prestación, pero sí supone que se paralizará el pago mensual hasta que el beneficiario regularice su situación fiscal. Una vez presentada la declaración y acreditado que se siguen cumpliendo los requisitos, la ayuda puede reanudarse.

Sin embargo, si la suspensión se prolonga durante un año completo sin que se haya solucionado la incidencia, el derecho a percibir el Ingreso Mínimo Vital puede extinguirse, lo que obligaría a iniciar una nueva solicitud desde cero. Además, tras revisar la información fiscal, la Seguridad Social también puede reclamar la devolución de cantidades cobradas indebidamente si detecta que el beneficiario recibió más dinero del que le correspondía.

Fechas clave de la campaña de la Renta 2026

La Agencia Tributaria ha establecido varios plazos para presentar la declaración:

  • Por internet: del 8 de abril al 30 de junio de 2026.
  • Por teléfono: del 6 de mayo al 30 de junio (con cita previa).
  • En oficinas: del 1 al 30 de junio, también con cita previa.

Además de presentar la declaración, los beneficiarios del IMV deben cumplir otras obligaciones, como comunicar cambios en la unidad de convivencia, informar de salidas al extranjero superiores a 90 días o devolver prestaciones cobradas de forma indebida.

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