Febrero comenzó con grandes noticias en el sector del automóvil, y es que en enero las matriculaciones de turismos aumentaron un 20,3%, situándose en valores del 2008. La matriculación de un vehículo nuevo requiere de diversos trámites de los cuales la gran mayoría de los compradores no son conscientes, pues habitualmente es el propio concesionario el que se encarga de encomendar la gestión. En este punto del proceso de venta de un automóvil es donde intervenimos los gestores administrativos. Nuestro contacto directo y colaboración continuada con los diferentes organismos públicos nos permite realizar y agilizar la gestión, ofreciendo a nuestros clientes una total confianza en el proceso. En concreto, las gestiones que llevamos a cabo para la matriculación de un turismo van desde la tramitación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en el correspondiente Ayuntamiento, la tramitación y presentación del Impuesto de Matriculación en la Agencia Tributaria y la correspondiente presentación de documentación y solicitud de matrícula a la DGT, expidiendo ésta como parte final del proceso el permiso de circulación a nombre de comprador. Pero en ocasiones la compra de un vehículo nuevo no está al alcance de todos los bolsillos, y muchos particulares se decantan por la compra de un vehículo de segunda mano. Los datos al cierre del año 2017 arrojan un incremento del 10% en este tipo de transacciones. ¿Cómo puede el comprador asegurarse de que el vehículo está al corriente de sus obligaciones? Antes de la compra de un vehículo de segunda mano es totalmente recomendable solicitar a la DGT un informe detallado del mismo. En él, se hace constar toda la información administrativa, identificación del titular, municipio, historial de ITV, y algo muy importante, las cargas que existan sobre él. Una vez tomada la decisión de compra será necesario firmar el contrato de compra-venta entre particulares y solicitar a la Jefatura de Tráfico la expedición del nuevo permiso de circulación a nombre del comprador. El comprador está obligado a realizar este trámite dentro de los treinta días posteriores a la compra del vehículo, si bien el vendedor también puede realizar un sencillo trámite de notificación de la venta para asegurarse de que queda constancia de ello en la Jefatura de Tráfico con carácter previo al trámite del comprador .La cooperación entre el Colegio de Gestores Administrativos y la DGT permite a nuestro colectivo realizar estas transmisiones “vía online”, contamos con una plataforma que permite ganar en eficacia, seguridad y agilidad, actuando como nexo de unión entre los diferentes organismos públicos y dotando de una gran confianza nuestras relaciones con los clientes.