El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un acuerdo, ante un requerimiento de incompetencia de la Generalitat de Cataluña, relativo a las becas y ayudas al estudio, en el que señala que la competencia en esta materia es del Estado.

La referencia del Consejo recuerda que el asunto procede de un real decreto de agosto de 2013 que establece los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para este curso y de una resolución de la Secretaría de Estado, por la que se convocan becas de carácter general para estudiantes que cursen estudios postobligatorios.

Según el Gobierno autonómico, esas normas mantienen un procedimiento centralizado de gestión de becas, así como un exceso regulatorio que impide la ponderación de las comunidades de determinados extremos relacionados con estas ayudas.

Además, critica la asunción de competencias ejecutivas por parte del Estado; la obligación impuesta a las autonomías de compensar la diferencia en el precio público de las matrículas universitarias y la invocación indebida a la Constitución como título competencial que justifica las funciones atribuidas al Estado en esta materia.

El Consejo de Ministros apela a la suficiencia de la competencia estatal para fijar la cuantía de la parte variable de la beca, que es "una competencia de carácter básico que nunca ha sido discutida" por la Generalitat.

El Gobierno alude a la falta de traspaso de competencias a Cataluña en becas y ayudas al estudio, ya que se han suscrito entre el Ministerio y la Generalitat los correspondientes convenios de colaboración.

Añade que la normativa básica estatal reconoce a las comunidades capacidad normativa para adecuar los umbrales de renta a sus singularidades socioeconómicas, dentro de unos intervalos predeterminados, pero "en ningún caso" contempla la atribución a éstas de la capacidad para modificar las cuantías de los componentes de las becas.

En su opinión, las actuaciones que se atribuyen al Ministerio se orientan exclusivamente a la determinación de la cuantía de la beca, respetando la competencia de la Generalitat, a la que corresponderán todos los actos ejecutivos con efectos jurídicos frente a terceros: concesión, pago, notificación o resolución de recursos administrativos.

La gestión de la cuantía variable de las becas se realiza en un marco de cooperación en el que corresponde a las comunidades autónomas las funciones ejecutivas, matiza la referencia.

Señala que la obligación para las autonomías de compensar la diferencia en el precio público de las matrículas universitarias trata de garantizar a todos los beneficiarios de la beca un trato igual, cualquiera que sea el precio público, por servicios académicos en su respectiva comunidad.

En su contestación, se refiere también a la necesidad de garantizar las posiciones básicas en el ejercicio de su derecho a la educación de todos los ciudadanos en el conjunto del territorio español.