El Tribunal Constitucional ha suspendido esta tarde la ley de consultas catalana y el decreto de convocatoria del 9-N, después de ser aprobados en el Consejo de Ministros extraordinario celebrado en la Moncloa los decretos pertinentes, según han confirmado fuentes jurídicas.

Los recursos del Gobierno ha sido registrados por un funcionario del alto tribunal y remitidos a la secretaría del pleno que tenía que designar a un magistrado ponente encargado de redactar la sentencia. En el debate sobre la suspensión de las normas discutidas, que estaba previsto que durará solo unos minutos, los 12 jueces habrán comprobado que los mismos reúnen las exigencia legales, es decir, que han sido autorizados por el Consejo de Ministros, y que están acompañados por el dictamen que ayer emitió el Consejo de Estado antes de firmar la suspensión.

La suspensión de la norma es automática porque así lo establece la ley. Los jueces no tienen ningún margen de maniobra para rechazar la petición del Ejecutivo. La suspensión tendrá carácter retroactivo y comenzará a ejecutarse desde el momento en que se publicó la ley en el 'Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya'. Esta suspensión se acuerda en una providencia que firman los 12 jueces y es posible que en la misma se explique a la Generalitat que no puede ejecutar ningún acto relacionado con el 9-N. Habitualmente, este trámite se dicta en una providencia en la que solo se acuerda la suspensión y se da plazo a las partes para que presenten alegaciones.

La suspensión será comunicada inmediatamente a Artur Mas por vía telemática y también se le notificará por correo ordinario. A partir de ese momento el 'president' de la Generalitat tendrá que acatar la orden del Tribunal Constitucional.