El Tribunal de Cuentas ha propuesto recortar en 72.600 euros la subvención que le corresponde a Vox por la campaña de las elecciones del 10 de noviembre de 2019 al haber computado como gasto electoral la mitad de esa cantidad, pese a que se utilizó para la contratación de espacios de publicidad electoral en emisoras de televisión privada, contraviniendo lo previsto en la Ley Electoral.

Así consta en el informe de fiscalización de la contabilidad electoral de los partidos para aquellos comicios aprobado por el organismo fiscalizador que preside María José de la Fuente y de la Calle.

Según detalla el informe, recogido por Europa Press, el tribunal ha detectado que la formación de Santiago Abascal invirtió 36.300 euros para la contratación de anuncios en emisoras de televisión privada, una práctica no autorizada por el artículo 60.1 de la LOREG.

Por eso, en aplicación del artículo 134.2 de la misma norma, el fiscalizar propone reducir la subvención electoral que corresponde al partido "en el doble de los gastos declarados", es decir, un recorte de 72.600 euros.

Además de los 36.300 euros invertidos en los anuncios en televisiones privadas, Vox dedicó 30.203,85 euros al pago de publicidad en prensa, radio u otros medios digitales para anuncios realizados antes del inicio de la campaña electoral, lo que no está permitido por el artículo 53 de la LOREG.

Todos esos gastos, que suman 66.503,85 euros, por tanto se consideran "no subvencionables", aunque el tribunal sí los ha tenido en cuenta a efectos de verificar el cumplimiento del límite máximo de gastos.

53.000 euros en operaciones ordinarias

Asimismo, en la documentación enviada por Vox figuran gastos por operaciones ordinarias, por valor de 52.431,61 euros, cuyos conceptos no tienen la consideración de gasto electoral con arreglo a lo establecido en el artículo 130 de la LOREG. Por ello tampoco han serán financiados con subvenciones electorales.

De la revisión de los gastos por envíos de propaganda electoral realizada por el fiscalizador se ha detectado que un importe de 753,43 euros corresponde a gastos por operaciones ordinarias, habiéndose procedido a su reclasificación en el apartado adecuado.

Asimismo, el informe concluye que la formación ha incurrido en gastos irregulares por importe de 482,79 euros, que corresponden a gastos con justificación insuficiente, por lo que no han sido admitidos como susceptibles de ser financiados con subvenciones electorales.

Además, el tribunal destaca que Vox declaró una aportación del partido, por importe de 2.049,14 euros, pero que no puede ser considerada como tal porque en realidad se trata de una devolución a la cuenta electoral por el pago efectuado a un proveedor en una "cuenta errónea".

Un proveedor no informó

Los gastos pendientes de pago a la fecha de presentación de la contabilidad suman 1.477,14 euros, pero al no existir suficientes disponibilidades de tesorería (4,41 euros), la mayor parte del mismo se efectuó "con cargo a cuentas corrientes de la actividad ordinaria", incumpliéndose lo dispuesto en el artículo 125.1 de la LOREG.

El Tribunal de Cuentas también ha descubierto que un proveedor de Vox, por prestación de servicios o adquisición de bienes, facturó 32.812,49 euros, pero no informó al fiscalizador en contra de lo que establece el artículo 133.5 de la LOREG.