El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón ha procesado por pertenencia a organización terrorista a los 13 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) investigados en la Operación Judas, en la que en septiembre de 2019 se detuvo a casi una decena. El magistrado también procesa a nueve de ellos por un delito de tenencia, depósito y fabricación de sustancias o aparatos explosivos e inflamables de carácter terrorista. La decisión de García-Castellón coincide con la petición de la Fiscalía, pero resulta contradictoria con la resolución de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que les dejó en libertad, al entender que las sustancias precursoras que se encontraron en su poder "no son en sí mismas explosivos".

En su auto, el magistrado considera que este grupo formaba, dentro de los CDR, el denominado Equipo de Respuesta Táctica (ERT), que considera una célula integrada por individuos de diferentes CDR, entre los que se encuentran los procesados, que “evidencian una gran radicalidad” y a la que se les habían encargado acciones más sensibles, por su mayor predisposición y entrega "a la causa". Según el juez, su objetivo final como organización era conseguir la independencia de Catalunya, empleando para ello la violencia, para forzar a las instituciones a conceder por la vía de los hechos su separación del resto de España.

Los investigados, dice el instructor, comparten principios ideológicos favorables a la independencia y el activismo radical para conseguirla; su objetivo final como organización, era conseguir la independencia de Cataluña, empleando para ello la violencia en su máxima expresión, forzando con ello, de modo coercitivo, a las instituciones a conceder por la vía de los hechos la separación de Cataluña del resto de España.

Los procesados solo por pertenencia a organización terrorista son Ferran Jolis, Xavier Buigas, David Budria y Clara Borrero. Los que suman a ese delito el de tenencia, depósito así como fabricación de sustancias o apartaros explosivos e inflamables o de sus componentes, de carácter terrorista, son Eduardo Garzón, Esther Garcia Canet, Sonia Pascual Guiral, Queralt Casoliva Rocabruna, Germinal Tomas Aubeso, Alexis Codina Barberan, Jordi Ros sola, Guillem Xavier Duch Palau y Rafael Joaquín Delgado López.

El Parlament

El auto de procesamiento explica que los miembros del ERT tuvieron una participación activa en la materialización de algunas de las acciones más sonadas de los CDR, como cortes de carretera, vertido de aceite la calzada de la C-55, en un lugar de paso obligatorio de la comitiva que trasladaba los presos desde el Centro Penitenciario de Lledoners o el levantamiento de las barreras de los peajes.

También participaron en la creación y desarrollo de los CECOR (centro de coordinación) para las acciones de los CDR, asumiendo el encargo recibido de un denominado "CNI catalán” para que aportasen infraestructura logística para ocupar el Parlament, cuando se dictase la sentencia del 'procés', y defenderlo posteriormente. Para ello era necesarios importantes conocimientos en redes ilícitas y clandestinas de telecomunicaciones, así como una importante capacidad de movilización. Según el juez, el grupo contaba con este fin con Ferran Jolis, con amplios conocimientos informáticos y de telecomunicaciones.

La resolución detalla que la ocupación se realizaría por la puerta principal del Parlament ya que, supuestamente, se les facilitaría el acceso desde el interior. Junto a un reducido grupo de personas, cooperarían con el grupo denominado “CNI”, y se encargarían del alquiler de inmuebles y locales para dar seguridad y establecer bases de "intendencia". La idea era permanecer en el interior del edificio al menos una semana, con la instalación de antenas de larga distancia para mantener las comunicaciones, con presupuesto de unos 6.000 euros.

Organización terrorista

El magistrado señala que los investigados, como miembros del ERT, “habrían superado la actividad dentro del respectivo CDR y conformado una organización terrorista paralela, de carácter clandestino y estable, cuyo objetivo sería el de llevar a cabo acciones violentas o atentados contra objetivos previamente seleccionados utilizando para ello los explosivos y/o sustancias incendiarias fabricados en los dos laboratorios clandestinos que la propia organización tenía instalados en dos domicilios particulares”.

En el momento de su desarticulación, la organización ya había llevado a cabo informaciones precisas de sus posibles objetivos. En concreto, el juez apunta que Jordi Ros y otros miembros de la organización habrían desarrollado actos de reconocimiento de objetivos, como vigilancia y control de instalaciones policiales, toma de fotografías y vídeos de los objetivos predeterminados. En esas fotografías se recogen ciertos aspectos de las instalaciones, como accesos, cámaras de vigilancia, localización de torres eléctricas, agentes policiales y placas de matrículas de vehículos policiales.

Objetivos

Entre los objetivos para atentar, el auto cita, entre ellos, en Barcelona la Comandancia Naval, el Gobierno Militar, la Delegación de Gobierno y la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, así como la sede de la Jefatura de la Comandancia de la Guardia Civil, así como miembros, vehículos e instalaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, torres de alta tensión, instalaciones en autopistas, peajes y el propio Parlament.

Atribuye a Ros y a su pareja, Montserrat Casas Climent, el reconocimiento del perímetro del acuartelamiento de la Comandancia de la Guardia Civil de Barcelona, en el municipio de Sant Andreu de la Barca, en mayo de 2019. Además, afirma que el primero realizó diferentes búsquedas en Internet sobre personas vinculadas a partidos políticos contrarios a la independencia y un Mosso d’Esquadra.