La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional considera conforme a Derecho el cese del coronel de la Guardia Civil Diego Pérez de los Cobos, al estimar el recurso de apelación formulado por la Abogacía del Estado en representación del Ministerio del Interior. El fallo, emitido este miércoles, supone revocar la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 8 que en marzo anuló la resolución administrativa del secretario de Estado de Seguridad, Rafael Pérez, cesando a Pérez de los Cobos como jefe de la Comandancia de Madrid, y la que la confirmó en alzada, del propio ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.

La Sección Quinta, por unanimidad, invoca sentencias precedentes para señalar las normas aplicables y los criterios que se han seguido al resolver las impugnaciones de ceses y de nombramientos en destinos de libre designación en la Guardia Civil, distinguiendo entre la idoneidad para ocupar el puesto, que en el caso no se discute, y la confianza depositada por la autoridad que efectuó en su momento el nombramiento y que, ante la pérdida de dicha confianza, dispone el cese, debiendo exponerse en este último supuesto los motivos de la pérdida de confianza.

Motivación suficiente

El tribunal recuerda que cuentan con la revisión judicial, de tal modo que, una vez "descartada la existencia de desviación de poder, se constata que la decisión de cese de Pérez de los Cobos" cuenta con motivación suficiente, habida cuenta de que la pérdida de confianza es por no informar del desarrollo, no por no hacerlo del contenido, de investigaciones y actuaciones llevadas a cabo por la Guardia Civil; "todo ello, en el amplio y, a veces, confuso marco operativo y de Policía Judicial", señala la resolución.

La sentencia, además, niega la pretensión del coronel de volver al puesto al frente de la Comandancia de la Guardia Civil en Madrid: “Habiendo quebrado la confianza, no tiene sentido la declaración de reincorporación al destino, manteniendo al interesado en el mismo e imponiendo una relación profesional sustentada, además de en motivos reglados (idoneidad), también, en esa circunstancia subjetiva, como hemos declarado, es decir, por la pérdida de la confianza, cualidad que acompaña y mediatiza el nombramiento para dicho cargo y destino”.

Uso político de su figura

La sentencia, que todavía puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, exonera al equipo de Grande-Marlaska del argumento principal y más político de los sostenidos por Pérez de los Cobos en sus 16 meses de pulso con Interior: el de que su cese fue una represalia por negarse a contar a la autoridad política el secreto de una investigación judicial. Es la que, con orden de silencio, hizo Carmen Rodríguez Medel, titular del Juzgado de Instrucción 51 de Madrid, en relación con la causa en la que estuvo imputado el entonces delegado del Gobierno en Madrid, José Manuel Franco, por su presunta responsabilidad en la expansión de la pandemia por permitir las manifestaciones feministas del 8-M de 2020.

La Sección Quinta acepta la explicación que siempre dio el ministerio: cuando la Secretaría de Estado mandó preguntar al entonces cargo de confianza Pérez de los Cobos, quería saber de la existencia de una investigación de la que no había sido informada, pero no de su contenido. La versión del coronel cesado, que pasaba porque se le había pedido que violara un secreto judicial por motivos políticos, se convirtió en argumento del PP, Ciudadanos y sobre todo Vox contra Grande-Marlaska, acusándole repetidamente de purgar a un fiel servidor público.

Pérez de los Cobos, el oficial que dirigió el operativo policial contra el referéndum ilegal del 1-0, se convirtió así en figura de referencia para la derecha. Para entonces ya habían sido tres los encontronazos con Interior de quien, tras su actuación en Catalunya, el Gobierno de izquierdas nombró jefe de la Comandancia madrileña.

El pulso de 16 meses mantenido con Interior incluyó un episodio de filtración tergiversada desde la comandancia a su cargo, según la cual Interior había dado orden a la Guardia Civil de retirarles banderas de España a los manifestantes que cada día se juntaban para chillar a las puertas de la casa del entonces vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, y su pareja, la ministra Irene Montero, en la localidad madrileña de Galapagar. En realidad era una instrucción del propio Pérez de los Cobos, y sobre una movilización del sindicato policial Jusapol.

Fue la misma semana de mayo en que fue cesado. Un mes antes, el primer roce tuvo también a Iglesias en el centro. Unos vecinos de Galapagar habían increpado en abril de 2020 al entonces líder de Podemos cuando empujaba un carrito de la compra en una tienda de la localidad sin llevar mascarilla. El criterio de Interior fue no actuar si no había petición judicial, pero el jefe de la Guardia Civil en Madrid mandó a dos de sus hombres a pedir la videograbación del comercio, sin investigación judicial abierta alguna.

Tres vías de pulso con Interior

El coronel fue cesado el domingo 24 de mayo de 2020 e interpuso un recurso de alzada contra su cese, que el 28 de julio fue rechazado por Interior. A partir de entonces emprendió la vía judicial sosteniendo tres ideas: una, que su cese se debía a haber querido cumplir la ley; dos, que era idóneo para el servicio encomendado de mandar a la Guardia Civil en Madrid, y tres, que su cese le provocaba un daño en su carrera, pues, de no restituirle en el mando, no podría acceder al generalato.

El 31 de marzo pasado, la Audiencia Nacional ordenó a Interior que readmitiera a Pérez de los Cobos en su puesto. Contra ese fallo recurrió Interior. La Abogacía del Estado sostuvo entonces que la tesis de la purga “no es cierta se mire la prueba por donde se mire”, y que “no es cierto que hubiera una investigación penal en curso que 'afectara al Gobierno', de suerte que la cadena de mando no pudiera ser informada". Interior sostuvo además que volver a colocar a Pérez de los Cobos dañaría a su sucesor en el mando, el coronel David Blanes.

Contra ese recurso pidió el coronel, el pasado 6 de mayo, el cumplimiento cautelar de la sentencia, argumentando que estaba perdiendo un tiempo precioso en el final de su carrera, y que un fallo a su favor no tendría ya efecto si llegaba tras su jubilación. Actualmente, el coronel Diego Pérez de los Cobos tiene 58 años.