La Audiencia Provincial de Madrid considera que los "términos vagos e imprecisos que sustentan la querella" presentada por Vox contra el presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS), José Félix Tezanos, por un presunto delito de malversación de caudales públicos, unidos a la "imprecisión" en el auto de admisión de este asunto por la juez instructora no permiten seguir manteniendo abierto este asunto, por lo que ha decretado su archivo.

Esta decisión tiene lugar después de que la titular del juzgado acordara citar a declarar a Tezanos en calidad de investigado el próximo 29 de octubre a las 12.30 horas, por lo que su citación queda sin efecto.

 Concretamente, la Sección 16 de la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado -al que se adhirió la Fiscalía- en representación de José Félix Tezanos, y ha dejado sin efecto el auto de admisión a trámite dictado a principios del pasado mes de agosto por el Juzgado de Instrucción número 29 de Madrid.

En un auto dado a conocer este lunes, La sala subraya que "llama la atención" que la instructora, la juez María Cristina Díaz "debido quizás a los propios términos vagos e imprecisos que sustentan la querella y el informe pericial que la acompaña, no precise en el auto impugnado cuáles son los hechos concretos a investigar ni, sobre todo, explique qué relación guardan las conductas descritas con el delito de malversación de caudales públicos que supuestamente se refiere cometido”.

En un duro reproche a la magistrada, los magistrados Francisco-Javier, María Inés Diez y Carlos Agueda señalan que sus argumentos para admitir la querella no constituyen el incumplimiento sin más de un mero requisito formal, "sino un imperativo de la razonabilidad de la decisión". Añaden que el auto recurrido por la Abogacía del Estado guarda "un inexplicable silencio sobre los motivos que justificarían la apertura del procedimiento penal, resultando de todo punto improcedente".

Controversia en medios

 Añade la resolución de la Audiencia que los presupuestos en que se pretende sustentar la acusación de Vox "no revisten apariencia de delito" y que el "mal denominado informe pericial" aportado por la formación liderada por Santiago Abascal no constituye más que un compendio de la "continua controversia en los medios de comunicación" de las encuestas.

Sus conclusiones, por lo tanto "nada tienen que ver con la imputación de ilícito penal alguno, lo que tratándose de una cuestión motivo de debate político entre diferentes partidos, es del todo punto ajena al derecho penal", añade la resolución.

Según los magistrados, para atribuir a alguien un delito de malversación es necesario exponer actos concretos de administración desleal y determinar al menos indiciariamente cuáles fueron los daños o perjuicios ocasionados.

La querella interpuesta por la formación liderada por Santiago Abascal sostiene que el funcionamiento del CIS desde que Tezanos fue nombrado presidente en 2018 es "irregular". Le acusaba de manipular la forma de hacer las encuestas para beneficiar al PSOE.

Interpretaciones erróneas

Para los magistrados de la Audiencia de Madrid, sin embargo, "una interpretación errónea del sentido del voto en determinadas encuestas no justifica el inicio de una investigación criminal" y que "nada tiene que ver con el delito de malversación de caudales públicos".

Ha recordado, además, que "tal posibilidad ya consta fue rechazada por el Tribunal de Cuentas en su Auto de 23 de julio de 2020, lo que no es objeto de valoración en dicho informe, pese a que se acompaña un recorte de un artículo de prensa al respecto".