El Periódico Mediterráneo

El Periódico Mediterráneo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Vista en el TJUE el martes

La justicia europea activa la cuenta atrás para aclarar el futuro de Carles Puigdemont

La resolución, prevista para dentro de un par de meses, determinará el margen de los países para tramitar las euroórdenes

Carles Puigdemont.

Hace prácticamente ahora un año, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena se dirigió a la justicia europea para tratar de evitar que la negativa belga a entregar al exconseller Lluís Puig fuera un precedente que hiciera imposible la entrega de otros huidos, como el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) celebrará el próximo martes, 5 de abril, la vista en la que tras escuchar a todas las partes se conocerá la respuesta.

No será de forma inmediata, porque lo previsto es que el Abogado General del TJUE no dé a conocer su criterio hasta transcurrido aproximadamente un mes de oír a todas las partes. Previsiblemente, será otro mes después cuando se conocerá la sentencia del tribunal, que en la mayoría de las ocasiones hace suyo el criterio del anterior. Fuentes jurídicas consultadas por El Periódico de Catalunya insisten en que el TJUE se pronunciará sobre cómo debe interpretarse la norma, y entre eso y cómo la aplican los jueces hay un trecho, en el que también intervienen las condiciones propias que cada país impone a la hora de entregar a los reclamados.

La principal duda planteada por Llarena consistía en si Bélgica puede denegar una entrega, porque considera que el tribunal que lo reclama no es el competente para juzgarle, pese a que eso forma parte del derecho interno de cada país, como resolvió con Puig, cuando declaró que el Supremo no era el que podía reclamarle y, de paso, que España habría vulnerado sus derechos.

Antecedentes

Entre que Llarena formuló sus preguntas y el momento en que se resolverán, el TJUE se ha pronunciado sobre otras cuestiones. Entre ellas destaca una que enfrentaba a Polonia y Holanda. Desde la defensa de Puigdemont se considera un antecedente que significará la confirmación de que no se podrá dictar una nueva euroorden contra el expresident con visos de prosperar, pero desde el Supremo no se ve tan claro.

La decisión del TJUE se sumará a la doctrina fijada en el conflicto entre Polonia y Holanda para marcar el camino de la cooperación europea

decoration

Aunque las fuentes consultadas no son optimistas con el criterio que pueda adoptar el TJUE respecto a la pretensión del tribunal, sostienen que la justicia europea en esa cuestión avaló la entrega de personas reclamadas por tribunales elegidos por formaciones políticas, como podría interpretarse en sentido amplio que son los magistrados del Tribunal Supremo, cuya elección corresponde al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), al que eligen las Cortes. Y que para considerar que se ha producido una vulneración de derechos debe acreditarse una crisis sistémica de independencia del poder judicial, que no creen que se pueda aplicarse a España.

Inmunidad

Se da la circunstancia de que las cuestiones prejudiciales planteadas por Llarena a la justicia europea mantenían paralizada la euroorden ya cursada. De hecho, a esa suspensión apeló la justicia italiana cuando se arrestó a Puigdemont en Cerdeña. Fue el criterio marcado por el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) cuando rechazó devolverle cautelarmente la inmunidad que le había levantado el Parlamento Europeo, al admitir el suplicatorio que había cursado por Llarena, en espera del pronunciamiento definitivo que sobre esa protección hará el TJUE.

Tras su arresto, Puigdemont trató de forzar que el Supremo se pronunciara sobre el procedimiento español, pero el alto tribunal no varió su reclamación. Como informó este diario después del revés italiano, si el expresidente catalán pone un pie en España, será detenido para responder de los delitos por los que ya fueron condenados los miembros de su Govern. La única diferencia estará en otros países: si la justicia europea acaba dándole la razón, no se cursará una nueva euroorden para tratar de detenerlo de nuevo, y, si no, se le debería detener para su entrega a España.

Fuentes del alto tribunal justifican la falta de cambios en su reclamación en que la cuestión prejudicial planteada por Llarena solo se refiere al cumplimiento de las euroórdenes para que un Estado miembro entregue un reclamado a otro, no a los delitos por los que Puigdemont fue declarado en rebeldía en su huida de la justicia española. Ahora bien, también son conscientes de que el TGUE no solo dio por paralizada la reclamación a la espera de las resolución de las cuestiones prejudiciales, sino que también fijó que se le debía permitir asistir a las sesiones del Parlamento Europeo.

Y ello obligaría a habilitar un sistema que permitiese quedar a disposición de la justicia española y, a la vez, poder desplazarse a Bruselas con garantías de que no vuelve a fugarse, algo que solo sería viable con soluciones imaginativas que se determinarían entonces.

Compartir el artículo

stats