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La mudanza de Meirás que preparan los Franco: 25 días, un camión, un tráiler y tres furgonetas

Solicitan al juzgado que fije la fecha de entrega de los bienes "a la mayor brevedad" y dicen que quieren comenzar la próxima semana | Ven "improcedente" la petición del Estado de impedir la retirada hasta que haya un pronunciamiento sobre las medidas cautelares | El juez deja en suspenso los trámites de entrega y pide al Estado que identifique los 564 bienes que reclama en Madrid

Uno de los salones del pazo de Meirás.

Los hermanos Martínez -Bordiu preparan la mudanza del pazo de Meirás, que quieren comenzar ya la próxima semana y para la que prevén dedicar entre 20 y 25 días y emplear un camión, un tráiler y tres furgonetas. Así se lo hacen saber al Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña en respuesta a un requerimiento judicial anterior a la presentación de la demanda del Estado para reclamar 564 bienes muebles que considera de su propiedad, a la que se han adherido el Concello de Sada y la Xunta.

En su escrito, fechado este jueves 13 de octubre, los herederos del dictador Francisco Franco piden que se señale la fecha de entrega "sin más trámite y a la mayor brevedad" y califican de improcedente la solicitud que presentó la Abogacía del Estado el pasado 29 de septiembre para que el juzgado coruñés impida la retirada de todos los bienes afectados por la demanda presentada ante un juzgado de Madrid: “Esta pretensión trata de impedir, por enésima vez, que mis ponderantes puedan recuperar los bienes de su propiedad que se encuentran en el interior del pazo” , argumentan los abogados de los Franco, que subrayan que sus representados llevan “privados varios años [de los mismos] en virtud de un depósito anulado por la Audiencia Provincial”.

El escrito recala en el juzgado una semana antes de que el Juzgado de Primera Instancia número 70 de Madrid acoja la vista para dirimir la procedencia de las medidas cautelares solicitadas por el Estado para impedir que los Franco puedan retirar de Meirás los 564 bienes que reclama en su nueva demanda hasta que haya un pronunciamiento al respecto.

La vista sobre las cautelares se celebrará el viernes 21 de octubre y los Franco mueven ficha y argumentan que el propio juzgado de Madrid rechazó la petición estatal de autorizar esta medida cautelar por la vía de urgencia y sin escuchar a la otra parte: “Si el propio juzgado que ha de velar por la efectividad de la eventual sentencia estimatoria al respecto ha rechazado la urgencia esgrimida por la Abogacía del Estado, resulta del todo improcedente que sea este juzgado el que, de oficio, obvie tal pronunciamiento y adopte cualquier tipo de decisión en el sentido interesado de adverso”.

El mismo día en que los Franco presentaron el escrito, este jueves 13 de octubre, el Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña dictó una providencia en la que da diez días al Estado para que le indique “de forma detallada y separada” qué bienes del inventario realizado el 11 de noviembre del 2020 son objeto de la demanda que ha interpuesto en Madrid.

El magistrado Francisco Javier García Aponte pide además a la Abogacía del Estado que detalle qué bienes no han sido objeto de la demanda y que, por tanto, “no quedarían afectados” por el pronunciamiento que pudiera dictar el juzgado de Madrid.

En su resolución, el juez decreta también la suspensión del plazo concedido a las partes para que indicasen el tiempo que previsiblemente considerasen necesario para la práctica de la diligencia de entrega de los muebles a los Franco y para que identificasen a las personas que intervendrán y medios que van a ser empleados para la realización de la entrega de los bienes con seguridad. Contra esta providencia pueda presentarse recurso de reposición en el plazo de cinco días.

Como ya informó este diario, el juzgado había decretado antes de la presentación de la demanda del Estado,que la entrega de los bienes que pertenezcan a los Franco debía hacerse en presencia de una comisión judicial y de las partes personadas y que no podrían retirarse todos aquellos considerados inseparables del pazo de Meirás por resolución judicial ni los considerados BIC sin contar con la preceptiva autorización de la Xunta de Galicia.

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