RECURSOS PENDIENTES

El Supremo acepta una modificación puntual de la sentencia de los ERE, sin consecuencias para Griñán

El alto tribunal aún tiene que resolver sobre la petición de nulidad de la resolución, lo que dejará vía libre a su defensa para acudir al Constitucional, mientras espera que la Audiencia de Sevilla pone fecha a su entrada en prisión

José Antonio Griñán.

José Antonio Griñán. / EFE

Cristina Gallardo

Mientras el expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán espera la comunicación de la Audiencia Provincial de Sevilla para su ingreso en prisión por los ERES de Andalucía, previsiblemente después de Navidad, se resuelven las últimas peticiones de su defensa ante el Tribunal Supremo. Este lunes, el alto tribunal ha dictado un auto de aclaración en el que acepta una modificación puntual de la sentencia, relativa a un informe del letrado de la Junta de Andalucía del año 2000, si bien añade ello no supone ninguna "modificación sustancial" de la resolución ni afecta a la pena que se le impuso.

En todo caso, el alto tribunal aún tiene pendiente resolver sobre la nulidad de la sentencia solicitada por todos los condenados, y cuyo previsible rechazo permitirá a sus defensas acudir en amparo ante el Tribunal Constitucional. Para acordar la entrada en prisión de Griñán, para que cumpla los seis años de cárcel a los que fue condenado por prevaricación y malversación, el recurso clave es sin embargo la súplica ante la propia Audiencia Provincial que también está pendiente de resolución, y que cuando se sustancie acelerará la orden de ingreso, según fuentes jurídicas consultadas por este diario.

Tanto la Fiscalía como el PP han pedido ya que Griñán y el resto de penados con cárcel ingresen, y la Audiencia no tiene por qué esperar al resto de instancias donde hay recursos. Fue el pasado 14 de septiembre cuando el Tribunal Supremo confirmó que hubo "un sistema ilegal" bajo el que se repartieron más de 680 millones de euros para beneficiar a prejubilados y empresas en crisis.

Aclaración sobre un informe

En este último auto, el Supremo responde a la aclaración de la sentencia para indicar que si el informe de febrero de 2000 del Letrado de la Junta de Andalucía adscrito a la Consejería de Empleo, correspondiente a las ayudas concedidas a la empresa HAMSA, y que dejaba constancia de las irregularidades, constaba en el expediente de dicha empresa o en algún otro diferente. 

El Supremo responde que "procede estimar la petición, rectificando un error material advertido en este concreto apartado de la fundamentación jurídica, sin que ello suponga una modificación sustancial de la misma". Añade, no obstante, y frente a lo que se alega por Griñán, que "no es cierto que el cambio de presupuestación se debiera exclusivamente a los problemas habidos con la subvención a la empresa HAMSA, sino a los problemas habidos con las subvenciones concedidas a las empresas HAMSA e IAMASA, que fueron similares".