Investigación al entorno de Sánchez

La Audiencia avala la incautación de correos en la Diputación de Badajoz para investigar al hermano de Sánchez

Considera jutificadas las órdenes de la juez y rechaza que la investigación sea prospectiva

David Sánchez Pérez-Castejón

David Sánchez Pérez-Castejón / EPE

Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

La Audiencia Provincial de Badajoz ha rechazado el recurso que presentó el presidente de la Diputación Miguel Ángel Gallardo contra la incautación de correos en sus oficinas durante el primer registro realizado por orden de la juez Beatriz Biedma en el marco de la investigación al hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, por presuntos delitos relacionados con el puesto de alto cargo que ocupa en dicha administración. A dicho registro han seguido dos más, el último esta misma semana.

El su auto, que tiene fecha de este miércoles y al que ha tenido acceso este diario, los magistrados rechazan que pueda hablarse de investigación prospectiva y apuntan que "en toda investigación por antonomasia existe una inicial indeterminación sobre los elementos del delito objeto de la misma, a cuyo fin sirven las diligencias" que se puedan acordar por parte de la jueza de instrucción. Al recurso de Gallardo se había adherido el músico investigado, según detalla el auto de la Audiencia.

Al hermano del presidente del Gobierno se le investiga por presuntos delitos contra la Hacienda pública, tráfico de influencias, prevaricación y malversación relacionados con su responsabilidad en el programa Opera Joven y por su cargo como Coordinador de Actividades de los Conservatorios de Música, un puesto que después recibió una denominación diferente por parte de la Diputación.

Según su defensa, la entrada de la Policía Judicial en las oficinas de la Diputación de Badajoz ordenada por la jueza de Instrucción número 3 de Badajoz para la incautación de correos tuvo carácter prospectivo. Se solicitaron todos los correos de diferentes trabajadores de la Diputación entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2022, cuando se produjo el de denominación del puesto de trabajo de David Sánchez.

Existencia de indicios

El recurso ante la Audiencia había sido presentado por Gallardo y por el responsable de Recursos Humanos en la Diputación, Alejandro José Cardenal --que están siendo investigados como cooperadores necesarios-- al que se adhirió el propio David Sánchez y fue deliberado ayer miércoles. 

Los magistrados Emilio Francisco Serrano, María Dolores Fernández y José Antonio Bobadilla, con el apoyo de la Fiscalía, concluyen que el registro e incautación de e-mails el pasado 9 de julio en la sede de la Diputación es procedente.

Apuntan además que la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz ya había realizado un análisis de determinada documentación en la que claramente se cuestionan "las concretas actividades que comprende el puesto de trabajo de Don David Sánchez, a la luz de su contrato y su escasa actividad como director de orquesta y la escasez de producciones del programa Ópera Joven" pese al cambio de nomenclatura. 

Según señalan los magistrados de la Audiencia, la jueza Biedma trata de aclarar también si existen irregularidades en relación con "el cambio de nomenclatura del puesto de trabajo, la carencia de despacho propio durante todo un año o el informe relativo a que la modificación de nomenclatura no obedeció a un cambio de funciones sino a una diversificación". Todos estos indicios son "ignorados en el recurso" del presidente de la Diputación, añaden.

En cuanto a la proporcionalidad de la medida, se justifica a juicio de a Audiencia Provincial con base "en la doctrina jurisprudencial y concretándose los graves delitos investigados como prevaricación, malversación y tráfico de influencias que por su relevancia justifican la inmisión o injerencia acordadas". 

Agrega finalmente la Sala que la orden se dio evitando la incautación de soportes físicos que pudieran causar un “grave perjuicio a su titular”, determinando el auto ahora confirmado "claramente" el proceso de clonado y volcado de los correos afectados por personas que son inicialmente señaladas por los indicios que obran en la causa.

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