TRIBUNALES

La Fiscalía archiva la denuncia del Ayuntamiento de Alicante al youtuber Nil Ojeda por un reto viral

El Ministerio Público concluye que no se le puede acusar de incitación a desórdenes públicos tras la reforma de estos delitos en el Código Penal

Imagen del cartel que anunciaba el evento que motivó la denuncia (i) y el youtuber Nil Ojeda (d).

Imagen del cartel que anunciaba el evento que motivó la denuncia (i) y el youtuber Nil Ojeda (d). / REDACCIÓN

J. A. Martínez

Caso cerrado por vacío legal. El fiscal ha archivado la denuncia del Ayuntamiento de Alicante al youtuber Nil Ojeda por un reto viral en el que incitaba a sus seguidores a fingir que se ahogaban para ganar un premio. El Ministerio Público ha concluido que se trata de hechos que no tienen encaje en el actual Código Penal, según confirmaron a este diario fuentes de la Fiscalía. La corporación presentó una denuncia el pasado verano contra el joven influencer pidiendo el cierre de todas sus redes. Sin embargo, tras estudiar los hechos el fiscal ha concluido que, tras la desaparición del delito de incitación a los desórdenes públicos, no se puede acusar al influencer de esta infracción. 

Aunque el delito de desórdenes públicos sigue existiendo, en el caso de la incitación ha quedado limitada para unos supuestos concretos, que no encajan con los hechos denunciados, sino que se ciñen a la difusión de discursos de odio.

La reforma del Código Penal aprobada por el Gobierno a finales de 2022 con motivo de las causas abiertas contra los líderes del procés se metió en el avispero del delito de sedición, cambiando la regulación de los desórdenes públicos y causando lagunas legales que los tribunales se están encontrando a la hora de perseguir determinadas conductas. El abogado experto en Derecho Digital, José Barragán, explicó a este diario que el artículo 559 del Código Penal castigaba la incitación a los desórdenes públicos se suprimió, como tal. "El delito de desórdenes públicos sí que se mantenía, pero no la incitación", explicó.

Según Barragán, muchos de los delitos que se están cometiendo a través del uso de las nuevas tecnologías se van encajando en lo que ya existía, como es el caso de las estafas, la difusión de discursos de odio, la vulneración de los derechos propiedad intelectual, la pornografía infantil... A su juicio, sería necesaria la creación de un apartado específico dentro del Código Penal dedicado a los delitos informáticos. "Estos hechos delictivos aparecen repartidos de manera dispersa dentro del texto", explicó, incidiendo en que la tendencia va a ser precisamente a que cada día vayan apareciendo formas delictivas vinculadas al uso de las nuevas tecnologías. "La inteligencia artificial va a enfrentar a la sociedad a nuevos retos", señaló.

Como ya publicó este diario, el Ayuntamiento de Alicante había acudido a la Fiscalía el pasado verano por el reto viral del youtuber al considerar que había puesto en jaque a los servicios de salvamento de la ciudad. Nil Ojeda, que acumula cuatro millones de seguidores en las redes sociales, animó a sus seguidores a fingir que se ahogaban en el mar ofreciendo como premio lotes de productos de su empresa. "Halla al profesional del socorro, ponte delante y comienza a actuar: al suelo, ahogado fuera del agua. Si mereces, el premio te dará", versaba la invitación al reto viral que atrajo a un alto número de jóvenes a las playas para simular ahogamiento, algunos de ellos dentro del agua, con el objetivo de ganar el premio.

Desde la corporación se consideraba que la prueba había supuesto un riesgo, porque durante el tiempo que los socorristas estaban atendiendo estas situaciones, no estaban vigilando otras posibles incidencias. Aunque no hubo que lamentar ningún daño, ese día ondeaba la bandera amarilla en las playas alicantinas. Al margen de la denuncia en la Fiscalía, el Ayuntamiento inició otras actuaciones por vía administrativa para sancionar estos incidentes. El youtuber únicamente se pronunció el pasado mes de julio a través de las redes sociales cuando, en respuesta a la noticia publicada por INFORMACIÓN, con un vídeo en el que reconocía que "se lió bastante, sobre todo en Cádiz y Alicante" mientras cargaba contra "los periodistas que tienen los dedos muy rápidos".

Otros casos

La evolución de las plataformas digitales y la influencia de los creadores de contenido presentan desafíos para el sistema legal, que debe adaptarse para abordar conductas que, aunque no encajan perfectamente en los tipos penales tradicionales, pueden tener consecuencias en la sociedad. A menudo las publicaciones de algunos de estos creadores de contenido acaban en los tribunales.

La denuncia al youtuber tenía como finalidad provocar una respuesta de la Justicia como la condena que confirmó el Supremo en 2022 a otro de estos creadores de contenido que subió vídeos en los que daba galletas con pasta de dientes a un indigente para humillarle. La Justicia le acabó prohibiendo el uso de esta red social durante cinco años, al considerar que las imágenes pisoteaban la dignidad de la víctima. Aunque un juzgado de lo Penal ya acordó esta prohibición, la Audiencia de Barcelona luego la revocó. Finalmente el Alto Tribunal volvió a imponerla.

A finales del pasado 2024 en Cantabria, la Guardia Civil arrestó a un youtuber de Castro Urdiales que, con más de un millón de seguidores, se dedicó a explicar en su canal cómo se fabricaban explosivos. El influencer elaboraba artesanalmente mezclas explosivas e incendiarias con sustancias químicas.  

Otro caso mediático en la provincia de Alicante fue el del youtuber MrGranBomba que acabó condenado por llamar caranchoa a un repartidor en un vídeo con cámara oculta, al considerar que las imágenes eran una intromisión ilegítima en el honor del trabajador.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents