Jueces y fiscales contra el Gobierno
La asociación mayoritaria de fiscales llama a la huelga y acusa a García Ortiz de intentar sabotearla
El fiscal general advirtió el viernes a los fiscales que deben acudir a los señalamientos ya fijados

Decenas de personas durante una concentración de jueces y fiscales frente al Tribunal Supremo, a 28 de junio de 2025, en Madrid (España). Según los convocantes, se trata de una concentración estrictamente institucional, al margen de cualquier adscripción / Juan Barbosa

La Asociación de Fiscales, mayoritaria en la carrera, ha realizado este lunes un llamamiento a la huelga convocada junto a los jueces que tiene previsto celebrarse entre mañana y el próximo jueves y recuerda que no existe obligación de informar si se tiene o no intención de secundarla "ni a decanos, ni a presidentes de sala, de Audiencias Provinciales o de Tribunales Superiores de Justicia; tampoco a fiscales jefes ni fiscalías superiores". Por otra parte, acusa al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz de tratar de "desnaturalizarla" con la misiva que les envió el pasado viernes advirtiendo que deben acudir a los señalamientos ya fijados para dichas fechas.
"La huelga se encuentra fijada para los días 1, 2 y 3 de julio -en cada uno de estos días desde las 08:00 horas hasta las 16:00 horas-, el derecho de huelga puede ejercerse todos los días o alguno de forma individual, y que los servicios mínimos son que señalamos se expresan a continuación", señala a nota de la Asociación de Fiscales dirigida a toda la carrera, y que confirma la intención ya manifestada por este colectivo durante la masiva concentración celebrada el pasado sábado ante el Tribunal Supremo contra las últimas reformas del Gobierno.
Recuerdan que, en su comunicado, García Ortiz asumía el contenido del Acuerdo del Consejo General del Poder Judicial y comunica que, en el momento actual, el ejercicio del derecho de huelga de jueces y fiscales carece de soporte normativo, por lo que no se va a tener por anunciada la convocatoria de huelga, ni se van a establecer servicios mínimos al carecer la Fiscalía General de competencias al respecto.
En su carta, el fiscal recordaba que tendría que garantizarse "la práctica de todas aquellas actuaciones judiciales o fiscales en las que la falta de intervención del miembro del Ministerio Fiscal pueda causar perjuicios directos para los derechos de los ciudadanos" y aquellos señalamientos que, fijados con anterioridad para los días de huelga, se hayan mantenido por parte del órgano judicial que los acordó". Agregaba además que las jefaturas deberán remitir por correo electrónico las incidencias que se hayan producido, en su caso, en relación con la prestación de los servicios competencia del Ministerio Fiscal en las fechas de la huelga.
"Mera comparsa"
"La obligación de asistir a cualquier señalamiento, con independencia de su contenido, supone una absoluta desnaturalización del ejercicio del derecho de huelga hasta el punto de imposibilitarlo, salvo en caso de ejercicio de tal derecho por el juez correspondiente, de modo que convierte al fiscal en mera comparsa del juez en huelga", responde la Asociación de Fiscales.

Jueces y fiscales con las togas en las manos. / David Zorrakino
Según a asociación, la decisión del fiscal general resulta, además, contraria a lo decidido por la propia Fiscalía General en 18 de noviembre de 2018 cuándo, convocada huelga por las tres asociaciones de fiscales "asumió las competencias que ahora se niegan y estableció servicios mínimos atendiendo a las propuestas del comité de huelga". Añaden que "frente a quienes sostienen que esta huelga carece de efectos económicos, queremos recordar que el ejercicio de este derecho conlleva una pérdida retributiva proporcional".
"Cualquier limitación está prohibida"
En definitiva, recuerdan que el derecho a la huelga está garantizado por la Constitución "y cualquier limitación o restricción al ejercicio del mismo, si no es por Ley Orgánica, está prohibida", por lo que todos los fiscales deben tener la garantía de que el ejercicio legítimo de un derecho fundamental no puede acarrear perjuicio alguno.
"La simple insinuación de responsabilidad disciplinaria cuando se ejercita un derecho fundamental a sabiendas de que se está cercenando un derecho puede generar responsabilidad penal de quien lo perpetre", concluyen por lo que "para evitar el atropello" que se pretende han recurrido dicha decisión y se reservan "el ejercicio de acciones legales oportunas de toda clase".
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