Ante la Sala Segunda

La Fiscalía, en contra de encausar a Bolaños en el caso Begoña porque no se justifica que controlara el dinero para su asistente

El representante del ministerio público no aprecia indicios de delito suficientes para admitir la exposición razonada elevada por el juez Peinado al alto tribunal

El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños, durante una rueda de prensa, en el Congreso de los Diputados, a 26 de junio de 2025, en Madrid (España).

El ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños, durante una rueda de prensa, en el Congreso de los Diputados, a 26 de junio de 2025, en Madrid (España). / Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

Madrid

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha informado en contra de que la Sala Segunda del Tribunal Supremo abra un procedimiento para investigar al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, a partir de la exposición razonada que elevó el juez Juan Carlos Peinado por un delito de malversación y falso testimonio en relación con la contratación en Moncloa de la asistente de Begoña Gómez, informaron fuentes fiscales. Entre los argumentos del escrito, según las mismas fuentes, que el instructor de Plaza de Castilla no ha justificado suficientemente algunos extremos de la exposición razonada que elevó al alto tribunal, entre ellos que Bolaños controlara la gestión del dinero presuntamente malversado

El fiscal del alto tribunal Fernando Prieto ha informado a la Sala Segunda que es la competente para abrir una causa contra el ministro, dada su condición de aforado. No obstante, a continuación añade que no ve indicios suficientes para hacerlo, por lo que propone rechazar la petición que en este sentido elevó el juez Peinado, instructor de la causa seguida contra la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El magistrado elevó su exposición razonada al alto tribunal tras la práctica de diligencias en una pieza separada que abrió el pasado mes de marzo, cuando precisamente tomó declaración como testigo al ministro.

Falta de justificación

Según el Ministerio Público, para poder abrir causa al actual ministro de Justicia resultaba obligado que el instructor de la causa hubiera justificado con un mínimo indicio extremos como que las actividades privadas desempeñadas por Cristina Álvarez impliquen una extralimitación en las funciones asignadas a su puesto de trabajo; o el conocimiento por el que fuera entonces secretario de Presidencia de las supuestas actividades privadas a las que la empleada en Moncloa se dedicaba. Tampoco encuentra que se haya justificado de modo suficiente por Peinado la dependencia orgánica y funcional de la asistente de Begoña Gómez, en relación con Bolaños, lo que dificulta determinar una posible responsabilidad por parte de éste en el control en el ejercicio de dichas actividades.

Peinado aseguraba en su escrito que había determinado “la existencia de indicios razonables, sólidos y cualificados" para investigar al ministro por los delitos que le imputa. El magistrado señalaba que la razón “fundamental” por la que ve malversación “es que se ha nombrado a Cristina Álvarez Rodríguez, como asistenta de la esposa del actual presidente del Gobierno, Begoña Gómez, a los pocos días de tomar posesión de su cargo, el día 2 de junio del año 2018”, y que los trabajos que esta ha desarrollado “no se han limitado a los de asistenta en las actividades llevadas a cabo por la esposa de Pedro Sánchez”. Le acusa, concretamente, de participar en el nombramiento y no haber "controlado las tareas" llevadas a cabo por ella, a pesar de que percibe sus retribuciones de los Presupuestos Generales del Estado.

Según el magistrado, sus actividades tendrían que ser “meramente protocolarias, y sin ánimo de lucro o de carácter benéfico”. Sin embargo, prosigue Peinado la asistente atendió “las necesidades que en actividades de carácter privado ha venido llevando a cabo la citada investigada”. El juez apunta a funciones "de carácter estrictamente privado, al margen de cualquier acto de carácter público o protocolario, que pudiera tener por su condición de esposa del presidente del Gobierno, todo ello, percibiendo retribuciones con cargo al patrimonio público".

Álvarez habría reconocido en su primera declaración el pasado 20 de diciembre como testigo, condición que luego le cambió el juez, la autoría de los correos electrónicos en los que manifestaba a los responsables de Reale Seguros que a Begoña Gómez le "encantaría" que la aseguradora siguiera patrocinando la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva que esta codirigía en la Universidad Complutense de Madrid. Afirmó que lo hizo como "favor" para una amiga, distinguiendo esta actuación de las que desarrolla como asistente para llevar su agenda "365 días durante 24 horas al día".

Apuntar al Gobierno

La parte de su investigación que eleva al Supremo es el resultado de las investigaciones enmarcadas en la pieza separada que abrió el pasado mes de marzo y que, tal y como informó en su día EL PERIÓDICO, parecía entonces ya parecía dirigida a apuntar al Gobierno con la declaración como testigo de Bolaños, el 16 de abril. De hecho, la malversación no podría ser cometida la asistente, ni siquiera por Begoña Gómez, porque solo puede serlo por quien tiene la responsabilidad sobre el dinero público supuestamente desviado, lo que podría conducir en su caso al miembro del Ejecutivo al que correspondiera esa responsabilidad. Esta es la línea que parece confirmar este último movimiento ante el Tribunal Supremo del titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid.

Peinado remite la exposición razonada al Tribunal Supremo "ante la imposibilidad de continuar la instrucción sin realizar diligencia de investigación que afectasen de manera directa al aforado”. Comunica al alto tribunal diligencias de investigación que este instructor considera imprescindibles, que son "oírle como investigado" y “requerirle para que aporte cuanta documentación se encuentre a su alcance sobre el nombramiento de la persona de Cristina Álvarez Rodríguez, en su condición de ministro de la Presidencia (además de serlo también de Justicia y de Relaciones con las Cortes), y que se llevó a efecto, siendo el citado investigado, Secretario General de la Presidencia del Gobierno, así como la documentación, relativa a las cantidades percibidas por la misma, durante el periodo de tiempo, que, el investigado ostentaba la condición de Secretario General de la Presidencia”.

Además, le imputa un segundo delito, el de falso testimonio, pues a su juicio durante su declaración como testigo en Moncloa del pasado mes de abril Bolaños no cumplió con su obligación de decir la verdad, lo que le vale para calificarle de "protervo" (obstinado en la maldad). Sobre este punto, incide en que Bolaños, estando bajo juramento, "tras ser preguntado en reiteradas ocasiones por la persona, en concreto, que propuso y/o realizó el nombramiento de la persona de Cristina Álvarez Rodríguez, como asistente de María Begoña Gómez Fernández, (en el momento de dicho nombramiento, Esposa del actual Presidente del Gobierno), manifestó en todo momento, tras negar que hubiera sido el declarante, y ahora investigado, que no conocía el nombre de dicha persona, indicando que sería el responsable de la misma”.

Y el magistrado completa: “Dado que la diligencia se estaba llevando a cabo, en la sede donde obran los archivos relacionados con todos los nombramientos, (Complejo Presidencial del Palacio de la Moncloa), entre los que se encuentra el de Cristina Álvarez Rodríguez, se suspendió la declaración, a los efectos de que, por el testigo, ahora investigado, se recabara la información necesaria para poder contestar adecuadamente a lo que se le venía preguntando”.

Y “trascurrido el tiempo que se consideró razonable (algo más de media hora), para la obtención de los datos necesarios […] el testigo, ahora investigado, manifestó que la persona que había realizado el nombramiento, era el que había realizado un certificado, que ya había sido remitido al Juzgado de Instrucción número 41, en concreto, la persona de Raúl Díaz Silva”, prosigue la exposición razonada.

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