La Audiencia Provincial de Castellón ha impedido la ejecución hipotecaria de una vivienda a Nova Caixa Galicia (NCG) por no ser esta entidad la titular de la hipoteca, sino Caja de Ahorros de Galicia, una de las entidades que en 2010 dio origen a ese banco. La sentencia hecha pública por el Tribunal Superior de la Comunitat (TSJCV) ayer resuelve el recurso que presentó CNG después de que un juzgado suspendiera una ejecución hipotecaria que inició esta entidad bancaria. Al igual que paso el pasado mes de agosto con un recurso de Bankia sobre una hipoteca de Bancaja, el juzgado constató que en el registro de la propiedad, la hipoteca constaba inscrita a nombre de la Caja, que traspasó todo su negocio a CNG. Por este motivo el juez, que no cuestiona el hecho de que CNG sea acreedora, exige el “mayor rigor cuando se trata de ejecución sobre bienes hipotecados”, y alude al citado defecto documental para impedir la ejecución.

“La entidad ejecutante no figura como titular del derecho que pretende ejercitar”, según consta en la sentencia. El préstamo fue firmado entre la Caja y una pareja, Joaquín y Mª Carmen, de Vila-real, en el 2008. Después de que la pareja dejara de pagar varias cuotas del préstamo, el banco instó la ejecución hipotecaria, lo que significa recuperar titularidad y uso de la vivienda para el banco y desahuciar a los morosos. Sin embargo, el juez de Primera Instancia y la Audiencia Provincial consideran inviable esa ejecución porque Nova Caixa no realizó escritura pública a su nombre como titular. Según la sentencia, la ley hipotecaria, en los artículos 145, 149 y 150, obliga a la “necesidad de inscripción” de la cesión y de su trascendencia. Y, en este caso, no se ha producido. H