El próximo 1 de enero dejarán de estar en vigor los contratos de alquiler de renta antigua, algo que según los expertos ha preocupado durante los últimos meses a muchas familias que viven en pisos con este tipo de arrendamiento. Sin embargo, la extinción de estos contratos solo afectará a los alquileres cuyo arrendatario sea una persona jurídica. Es decir, las personas físicas quedan exentas de este cambio. “A las personas físicas no les afectará para nada esos cambios y el contrato continuará totalmente vigente”, explican desde el Colegio Profesional de Administradores de Fincas. En España se estima que todavía existen más de 300.000 edificios de renta antigua, cuyos propietarios pagan una mensualidad solo actualizada por el IPC. H