Durante estos días se debaten en el Congreso algunos detalles sobre la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Esto se saldará con la aprobación de nuevas normativas, algo que se traducirá en al menos 5 nuevas multas. La aplicación de estas se espera que sea en el mes de octubre, aunque las fechas de su entrada en vigor pueden bailar mínimamente. Es importante destacar que aún no se sabe exactamente qué sanciones acarrearán cada una de estas nuevas faltas, pero si hay información sobre las acciones que pasarán a ser motivo de castigo.

1. Casco para los patinetes

Una de las grandes novedades será la obligación de llevar casco cuando se circule con patinete eléctrico. La comodidad que estos aportan a la ciudadanía está provocando que las ciudades multipliquen los usuarios de este medio de transporte, pero este incremento ha ido de la mano con el de los accidentes. Es por ello que se quiere aplicar de forma rápida una nueva norma que aporte más seguridad y reduzca las lesiones en los siniestros. Aunque aún no se sabe los detalles económicos de la multa, si se pueden hacer comparaciones con las sanciones que reciben los motoristas por no llevar casco, es decir, 200 euros y la retirada de 4 puntos.

2. Detectores de radar

Estos detectores están prohibidos desde hace tiempo, pero ahora la DGT tiene la intención de endurecer las normas. Las sanciones económicas no cambiarán, es decir, seguirán siendo de 200 euros, y los puntos retirados también se mantendrán en tres. En cambio, ahora bastará con que lo lleves en el coche para que te multen, hasta ahora si no estaba encendido aún podías librarte de la sanción.

3. Teléfono móvil

Situación similar la de los smartphone, y es que se terminan los vacíos legales en la normativa. Si tienes el teléfono sujetado, aunque no los estés usando, serás sancionado. Además se recoge como una infracción grave, es decir, 200 euros y 6 puntos del carnet. Hasta la fecha la cuantía de puntos retirados era de 3.

4. Margen de velocidad para adelantar

Posiblemente sea la medida más discutida. Consiste en la eliminación del margen de 20km/h que hay actualmente para adelantar en la carreteras convencionales, es decir, hasta el momento se puede superar en 20km/h la velocidad fijada en la vía si estás realizando un adelantamiento. Ahora se quiere suprimir esta normativa aunque las críticas y el desacuerdo momentáneo entre diferentes partes pueden propiciar que se posponga su aplicación.

5. Apagado del motor

Esta última no es concretamente una nueva sanción, simplemente que se quiere modificar el Artículo 10, y esto supondrá la posibilidad de nuevas multas.

"El usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente".

La última parte de la frase es novedad, y puede traducirse en nuevas multas sobretodo de los ayuntamientos. Por ejemplo en Madrid, su Ordenanza de Movilidad Sostenible obliga a "apagar el motor desde el inicio del estacionamiento, aun cuando permanezca en el interior del vehículo". De lo contrario, el conductor tendrá una sanción de 100 euros.