Marisa S. tiene que afrontar un reto cada mes. Y no es un objetivo fácil. Con 388 euros se las ve y se las desea para llenar la nevera y pagar las facturas. En su casa no hay lujos. Esta mujer de 72 años, separada desde hace más de dos décadas, se pasó buena parte de su vida cosiendo vestidos, pero no consiguió cotizar lo suficiente para obtener una pensión de jubilación. Hoy vive gracias a una pensión no contributiva. No es la única. 4.185 personas en Castellón subsisten con una prestación económica que la Seguridad Social ofrece a quienes no han cotizado nunca o lo han hecho de forma insuficiente y, por lo tanto, no tienen derecho a una paga contributiva.

En Castellón, y según las últimas cifras del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), son 1.862 los jubilados que cobran esta paga y otras 2.323 personas reciben una prestación no contributiva por invalidez, lo que suma un total de 4.185. En la Comunitat Valenciana, los beneficiarios superan los 48.000.

No todo el mundo puede recibir un ayuda cuya cantidad oscila entre los 375 y los 398 euros al mes. Para cobrarla es preciso acreditar que no se supera un determinado nivel de ingresos. En el caso de las pensiones de jubilación, los ingresos del beneficiario no deben superar los 5.150 euros anuales, mientras que en las pensiones de invalidez hay que demostrar una minusvalía superior al 65%. Y aunque de entrada se cumplan estos requisitos y se accedan a la ayuda, el Estado controla periódicamente los ingresos de los beneficiarios. Y sino se ajustan a los baremos establecidos, puede ordenar la retirada inmediata de la prestación.

Es lo que les ha ocurrido en los últimos siete años a 1.472 pensionistas de Castellón. Tras revisar sus ingresos y constatar que superaban los límites establecidos para poder beneficiarse de esta subvención, la Seguridad Social determinó la retirada de la pensión. La mayoría de las ayudas anuladas (una media de 200 al año) han sido por jubilación.

Pero, ¿cómo actúa la Seguridad Social? La Administración tiene dos vías. Los pensionistas están obligados a presentar durante el primer trimestre de cada año una declaración de ingresos personales y de los demás miembros de la unidad familiar. Si el beneficiario incumple su obligación de presentar la declaración de ingresos se le suspende de manera cautelar la pensión.

El otro sistema de control con el que cuenta la Seguridad Social es a través de revisiones de oficio y a instancias de parte. La Administración actúa cuando sospecha que han cambiado las circunstancias del pensionista, que por ley está obligado a comunicar en el plazo de un mes cualquier cambio en su renta.