El portal de apartamentos turísticos Homeaway, que ofrece alrededor de 300 inmuebles en la provincia de Castellón (sobre todo en el litoral norte, centrados en poblaciones como Orpesa, Alcossebre, Benicàssim y Peñíscola) estará obligado a publicar en su página web «el número de inscripción en el registro de Empresas, establecimientos y profesiones turísticas asignado a cada vivienda turística». Así lo señaló ayer la Agencia Valenciana de Turismo, que mantenía un pleito con este portal estadounidense de ofrecimiento de vivienda de segunda residencia (que tiene un funcionamiento similar a Airbnb).

Esto puede ayudar a evitar el fraude en este sector, dado que muchos apartamentos que aparecen en estas webs pueden no estar inscritos en este registro.

La noticia llega después de que el Juzgado de lo Contencioso número 2 de València haya desestimado el recurso de la empresa Homeaway SL que pedía la nulidad de la sanción de la AVT por su negativa a solicitar a sus usuarios el número de registro de las viviendas que publicitan.

Y es que la AVT que dirige el castellonense Francesc Colomer ha abierto 16 expedientes sancionadores a este tipo de plataformas de apartamentos. Esto se enmarca en la lucha que la Agencia Valenciana de Turismo mantiene contra el alquiler ilegal de viviendas turísticas, una tarea en la que este año ha conseguido regularizar 2.269 inmuebles que hasta ahora no cotizaban. La cifra, correspondiente a finales de noviembre, es prácticamente la misma del ejercicio pasado.

diferentes posturas // En su conflicto con los portales web, algunos expedientes de la AVT no han prosperado porque la empresa ha subsanado las deficiencias detectadas; otras firmas han abonado la sanción; y algunos, como Homeaway, han continuado con el proceso judicial al presentar un recurso para solicitar la nulidad del expediente sancionador.

El recurso del portal estadounidense, el primero que se resuelve en un juzgado, queda desestimado después de que el tribunal reconozca que no puede prosperar dado que «la resolución impugnada se dicta en un procedimiento sancionador sobre alojamientos turísticos, materia para la cual la Administración autonómica ostenta las competencias».

Así, la empresa pone en contacto a través de su portal web a «usuarios interesados en ofrecer y demandar viviendas para uso turístico, realizando las reservas a través de su plataforma». Esto supone, como destaca el juez --según la AVT--, que la plataforma «actúa, por tanto, como intermediario, y no como un mero canal de información sin responsabilidad», como alegaba Homeaway.