El Ayuntamiento de Castellón ha aprobado la nueva ordenanza municipal del ruido que sustituye a la anterior normativa de 2010 e incorpora las modificaciones legislativas producidas desde entonces sobre la contaminación acústica. Esta aprobación definitiva por parte del pleno llega tras dos años de trabajo y diversos procesos de consulta. Así, se ha consultado a la ciudadanía mediante el procedimiento de participación, se han celebrado reuniones con los agentes implicados (laboratorios, ingenieros, empresas de sonido, de insonorización, etcétera); con los departamentos municipales implicados (Policía, movilidad, urbanismo, asesoría jurídica, etc.); con las asociaciones interesadas (Castelló Sense Soroll y Federación de Asociaciones Ciudadanas) y con los grupos políticos.

Esta nueva Ordenanza de Ruido es un texto que, entre otros objetivos, adapta la normativa municipal a la legislación vigente, incorpora la experiencia adquirida en distintos ámbitos, recoge los avances técnicos, y facilita la apertura de locales eliminando cargas administrativas y documentales. La nueva normativa municipal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El concejal de Ordenación del Territorio, Rafa Simó, ha explicado que esta ordenanza supone dar respuesta “al reto de la contaminación acústica, un problema que afrontamos todas las ciudades”.

Los ámbitos de aplicación incluyen edificaciones; actividades industriales, comerciales y de servicio; actividades sujetas a legislación vigente en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos; trabajos en vía pública y en la edificación que produzcan ruidos; sistemas de aviso acústico; medios de transporte, circulación de vehículos a motor y ciclomotores y comportamiento ciudadano.

La primera ordenanza de este tipo con la que contó el Ayuntamiento de Castellón fue la de Ruidos y Vibraciones se remonta al 25 de marzo de 1986, que fue sustituida por la Ordenanza de Protección Contra la Contaminación Acústica de 28 de octubre de 2010, que quedará derogada con la aprobado hoy por el pleno tras la resolución de las alegaciones presentadas.

La nueva ordenanza propone determinar los valores límites para ruido y vibraciones conforme a la ley estatal, completar esos valores en caso de que sea necesario con los establecidos en la normativa autonómica, tomando siempre como referencia los niveles de recepción más restrictivos, y ajustarse a las tres franjas horarias que fija la normativa europea (Directiva 2002/49/CE, traspuesta por Ley 37/2003 de 17 de noviembre del Ruido).

Así, la franja horaria diurna irá de 7:00 a 19:00; la vespertina, de 19:00 a 23:00 y la nocturna de 23:00 a 7:00. Los valores límite de inmisión de ruido en ambiente exterior se establecerán en función de estas franjas horarias y de los usos dominantes del entorno, que se fijan en: sanitario, docente y cultural; residencial; terciario, recreativo y de espectáculos y, por último, industrial.

En cuanto a algunas de las novedades que se introducen, destaca la diferenciación entre ambientación musical y la amenización musical; la simplificación de los procedimientos administrativos para facilitar las tramitaciones garantizando el cumpliendo de los estándares de calidad acústica; la regulación de eventos y actuaciones al aire libre en función de si se utilizan equipos amplificados o no; el establecimiento de un protocolo de autocontrol más realista para las situaciones que disponen de amplificación y la inclusión de situaciones especiales, como los espectáculos pirotécnicos; la cabalgata de reyes; las rondas de mayo; los actos de Magdalena y San Pedro; San Juan; la feria de atracciones, etcétera. Además, se contempla la creación de una Comisión de Seguimiento para el Control de la Contaminación Acústica optando por una comisión más simple y funcional.

El Ayuntamiento de Castellón ha aprobado la nueva ordenanza municipal del ruido que sustituye a la anterior normativa de 2010 e incorpora las modificaciones legislativas producidas desde entonces sobre la contaminación acústica. Esta aprobación definitiva por parte del pleno llega tras dos años de trabajo y diversos procesos de consulta. Así, se ha consultado a la ciudadanía mediante el procedimiento de participación, se han celebrado reuniones con los agentes implicados (laboratorios, ingenieros, empresas de sonido, de insonorización, etcétera); con los departamentos municipales implicados (Policía, movilidad, urbanismo, asesoría jurídica, etc.); con las asociaciones interesadas (Castelló Sense Soroll y Federación de Asociaciones Ciudadanas) y con los grupos políticos.

Esta nueva Ordenanza de Ruido es un texto que, entre otros objetivos, adapta la normativa municipal a la legislación vigente, incorpora la experiencia adquirida en distintos ámbitos, recoge los avances técnicos, y facilita la apertura de locales eliminando cargas administrativas y documentales. La nueva normativa municipal entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

El concejal de Ordenación del Territorio, Rafa Simó, ha explicado que esta ordenanza supone dar respuesta “al reto de la contaminación acústica, un problema que afrontamos todas las ciudades”.

Los ámbitos de aplicación incluyen edificaciones; actividades industriales, comerciales y de servicio; actividades sujetas a legislación vigente en materia de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos; trabajos en vía pública y en la edificación que produzcan ruidos; sistemas de aviso acústico; medios de transporte, circulación de vehículos a motor y ciclomotores y comportamiento ciudadano.

La primera ordenanza de este tipo con la que contó el Ayuntamiento de Castellón fue la de Ruidos y Vibraciones se remonta al 25 de marzo de 1986, que fue sustituida por la Ordenanza de Protección Contra la Contaminación Acústica de 28 de octubre de 2010, que quedará derogada con la aprobado hoy por el pleno tras la resolución de las alegaciones presentadas.

La nueva ordenanza propone determinar los valores límites para ruido y vibraciones conforme a la ley estatal, completar esos valores en caso de que sea necesario con los establecidos en la normativa autonómica, tomando siempre como referencia los niveles de recepción más restrictivos, y ajustarse a las tres franjas horarias que fija la normativa europea (Directiva 2002/49/CE, traspuesta por Ley 37/2003 de 17 de noviembre del Ruido).

Así, la franja horaria diurna irá de 7:00 a 19:00; la vespertina, de 19:00 a 23:00 y la nocturna de 23:00 a 7:00. Los valores límite de inmisión de ruido en ambiente exterior se establecerán en función de estas franjas horarias y de los usos dominantes del entorno, que se fijan en: sanitario, docente y cultural; residencial; terciario, recreativo y de espectáculos y, por último, industrial.

En cuanto a algunas de las novedades que se introducen, destaca la diferenciación entre ambientación musical y la amenización musical; la simplificación de los procedimientos administrativos para facilitar las tramitaciones garantizando el cumpliendo de los estándares de calidad acústica; la regulación de eventos y actuaciones al aire libre en función de si se utilizan equipos amplificados o no; el establecimiento de un protocolo de autocontrol más realista para las situaciones que disponen de amplificación y la inclusión de situaciones especiales, como los espectáculos pirotécnicos; la cabalgata de reyes; las rondas de mayo; los actos de Magdalena y San Pedro; San Juan; la feria de atracciones, etcétera. Además, se contempla la creación de una Comisión de Seguimiento para el Control de la Contaminación Acústica optando por una comisión más simple y funcional.