La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha paralizado los pagos para abonar el derecho de cobro (6,7 millones mensuales) del almacén de gas Castor, tras la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló varias disposiciones del decreto ley que fijó la indemnización para sus promotores.

Competencia, en la liquidación del sector eléctrico correspondiente a noviembre de 2017 que se ha hecho pública hoy, indica que, además de paralizar los pagos, los titulares de esos derechos de cobro dejan de ser sujetos del sistema de liquidaciones.

Además, en aplicación de la sentencia, la CNMC también ha eliminado del procedimiento de liquidación del ejercicio en curso los costes de operación y mantenimiento del almacén de gas Castor reconocidos con cargo al sistema gasista.

La CNMC redistribuye todos los meses el dinero que recaudan los distribuidores y transportistas de gas y electricidad entre los distintos agentes que tienen derechos de cobro en el sistema eléctrico y en el gasista, como transportistas, distribuidores y otros, a través de la liquidación de las actividades reguladas.

El Gobierno suspendió en septiembre de 2013 la actividad de inyección de gas en el almacenamiento subterráneo Castor, situado frente a la costa de Vinaròs (Castellón), tras registrarse cientos de seísmos en la zona, y en octubre de 2014 aceptó mediante un decreto ley la renuncia de Escal UGS -que estaba participada por la compañía ACS en un 66,67 %- a la concesión de la instalación.

Como consecuencia de ello, el Ejecutivo mediante un real decreto-ley estableció una indemnización de 1.350,7 millones para la compañía, cantidad que se cargaría en el recibo del gas durante 30 años.

Las entidades Santander, Caixabank y Bankia adquirieron el derecho de cobro de la indemnización y son los que ahora la percibían a través de las liquidaciones de la CNMC.

El pasado mes de diciembre el TC anuló varias disposiciones del decreto ley de medidas del sistema gasista que el Gobierno aprobó en 2014 por el que se fijó la indemnización para los promotores del almacén.

En opinión del tribunal, no concurría una "situación de extraordinaria y urgente necesidad" que justificara aprobar un decreto ley para "atribuir nuevas obligaciones de pago al sistema gasista".

El Ministerio de Energía, según explicó recientemente su titular, Álvaro Nadal, está estudiando cómo aplicar la sentencia, que su departamento considera que sólo cuestiona el procedimiento que se utilizó para aprobar la indemnización, pero no concluye que su pago sea indebido.