Un hombre de l’Alcora será indemnizado con nueve mil euros por daños morales después de que la compañía telefónica Orange le reclamara una deuda inexistente. Así lo ha dictado en sentencia el juzgado de primera instancia de Castelló, a raíz de una demanda presentada en su día por los servicios jurídicos de la Unión de Consumidores.

En la sentencia se reconoce el derecho de un consumidor a ser indemnizado por la inclusión indebida en un fichero de morosidad por una operadora de telefonía, a la vez que evidencia los problemas derivados por la inclusión en este tipo de fichero.

De dicha sentencia, la Unión de Consumidores de Castellón destaca varios aspectos, como que Orange reconoció un error de suplantación al activar una línea fija a nombre del denunciante y tardar cinco años en corregirlo, o que el proceso para salir de la lista de morosidad fue engorroso y complicado, y evitó que el demandante pudiera financiar la compra de un vehículo. La Unión indica que la sentencia «desprende que se produjo una intromisión ilegítima en el derecho al honor, pues la inclusión en el fichero le hace desmerecer ante los demás, al menos en su aspecto de cumplidor de sus obligaciones de carácter económico».