El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Valencia ha anulado la resolución de la Conselleria de Educación que incluye a los educadores en la ratio de monitores de comedor escolar, asignándoles sus tareas, en los centros de titularidad de la Generalitat para el curso 2015-2016. La sentencia, facilitada por CCOO-PV, asegura que en el anexo I de la ley 10/2010, que asigna las funciones de los especialistas en educación Especial o Infantil de la Administración de la Generalitat valenciana, no se establecen tales funciones entre las propias de los educadores y sí, por el contrario, de los monitores de comedor. H