A mediados del 2017, una sentencia judicial cambió el criterio a seguir con el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana, conocido popularmente como plusvalía municipal. De tener que pagarlo siempre, el contribuyente pasaba a hacerlo solo en caso de beneficio en la venta del inmueble. Además, la sentencia tenía carácter retroactivo por un periodo de cuatro años. Ante el nuevo panorama, el Ayuntamiento de Castelló tiró de reflejos e introdujo una serie de medidas para facilitar la gestión a la ciudadanía, y que han permitido ahorrar a ambas partes, también a la administración, en trámites diversos e intereses de demora.

Así lo explica David Donate, concejal de Hacienda de la capital de la Plana: «Con esta actuación preventiva hemos ahorrado miles de euros a las arcas municipales y hemos demostrado agilidad en la capacidad de respuesta ante un cambio de jurisprudencia». Donate destaca que «los contribuyentes sujetos a exención se han ahorrado el pago de este tributo y todas las molestias derivadas de reclamaciones posteriores». «Es un ejemplo de eficiencia y eficacia en la gestión municipal que, sin duda, ya está dando sus frutos», sentencia el edil.

Y es que desde la sentencia del 2017, la Unidad Administrativa de Gestión de Impuestos del Ayuntamiento ha recibido 4.796 instancias con motivo de las alteraciones normativas del impuesto de las plusvalías, tanto por casos en los que se solicita no pagar el impuesto, como los que piden la devolución del pago o los que lo hacen con carácter retroactivo. La misma Unidad explica que las consultas tributarias se estiman en seis mil, y que con la ayuda de los modelos instaurados por el Ayuntamiento, Castelló se ha evitado devolver en concepto de intereses de demora 27.954 euros.

Al contrario que otras corporaciones, el gobierno municipal optó por no cobrar la plusvalía desde el primer momento, evitando que los afectados tuvieran que reclamar luego. De igual modo, tras una nueva sentencia de finales del 2019, que indica que aun habiendo incremento de precio en la compraventa, si este es menor que el beneficio obtenido tampoco se aplica el impuesto, el Ayuntamiento prepara otra instancia para facilitar al máximo la gestión al ciudadano.