El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) del Ministerio de Hacienda ha decidido que la prestación por maternidad pagada por la Seguridad Social no se encuentra entre las exenciones previstas en la normativa del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), con lo que más de 15.000 madres castellonenses que fueron beneficiarias de estas prestaciones en el periodo de 2012 a 2015 no podrán pedir, de momento, la devolución de estas partidas concretas.

La decisión de la Administración central, pese a todo, estará supeditada en el futuro a lo que resuelva finalmente el Tribunal Supremo en un asunto en el que deberá pronunciarse, unificar criterios y sentar doctrina.

El dictamen del TEAC viene precedido por las diferentes resoluciones que se han dado en los tribunales económicos administrativos autonómicos, que venían considerando no exenta esta prestación de maternidad. En este contexto y ante las dudas suscitadas por algunos pronunciamientos judiciales en sentido contrario, el órgano de Hacienda se ha apresurado a emitir una resolución que no ha estado exenta de polémica por parte de expertos juristas, que señalan que es «un varapalo para la situación de miles de mujeres y de algunos hombres que se acogieron a estas prestaciones de maternidad».

Entre algunos de estos pronunciamientos se encuentra el emitido hace tres meses por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que considera a la Seguridad Social un ente público, por lo que a juicio de este órgano judicial, la prestación por maternidad vendría recogida entre las exenciones previstas en la Ley del IRPF. De salir adelante un fallo favorable del Supremo a la exención, Hacienda tendría que reintegrar solo en la provincia de Castellón cerca de 46 millones de euros, con una media de 3.000 euros por madre, dependiendo de la base de cotización.