Los herederos de aquellas personas dependientes a las que les fueron reconocidas las ayudas pero, al fallecer, no pudieron disfrutar de estos ingresos, podrán recibir los importes no ingresados siempre que este derecho no haya prescrito, para lo que tienen un plazo de un año.

Con el propósito de ayudar a que estos familiares puedan recibir estas ayudas, la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas iniciará, a partir de ahora, el expediente de responsabilidad patrimonial en favor de los herederos, unas reclamaciones que, desde 2015, ya se vienen tramitando pero que ahora será la propia Generalitat la que tomará la iniciativa para que estas subvenciones puedan llegar a estas personas.

Esta medida se adoptará respecto a las personas en trámite de reconocimiento de su situación de dependencia que fallezcan en este 2017 sin haber recibido las ayudas, y también con las que fallecieron a lo largo del 2016, ya que este derecho tiene un margen de prescripción de un año, según explican desde el departamento que dirige la vicepresidenta del Consell y consellera Mónica Oltra.

En este sentido, la Generalitat ha iniciado una campaña informativa con el envío de cartas explicativas a los domicilios de las personas que han fallecido en este último año, con el fin de que sus familiares sean conocedores del derecho que heredan.

Por otra parte, el reconocimiento y la aportación de estas ayudas no harán peligrar la nómina de dependencia que se paga anualmente a las personas vivas que están incluidas en el sistema, según aclara la Conselleria, ya que la partida presupuestaria destinada a este fin tiene la consideración de crédito ampliable, lo que implica que, si se agotan los fondos, estos deberán reponerse.H