A partir de este lunes ya se puede solicitar el ingreso mínimo vital, una prestación económica no contributiva de la Seguridad Social, aprobada por el Gobierno de España con el objetivo de reducir la pobreza y fomentar la inclusión social. Para ello han puesto en marcha un acceso multicanal que permitirá realizar la solicitud sin desplazamiento, de forma telemática en la página web de la Seguridad Social (www.seg-social.es) por el propio solicitante o por un representante.

Los canales disponibles para realizar las solicitudes son un formulario a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, sin identificación electrónica (opción sin certificado), o bien con identificación electrónica (opciones certificado electrónico o CL@VE), o también por correo postal.

Para dar tiempo a que los interesados puedan disponer de la información y documentación necesarias y evitar la pérdida de derechos, las solicitudes presentadas entre el 15 de junio y el 15 de septiembre tendrán efectos económicos desde el 1 de junio. Junto a la solicitud hay que aportar documentación (DNI, libro de familia, empadronamiento...).

Las consultas pueden formularse en la web o por teléfono gratuito (900 202 222). Aunque barajaron que los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes tramitaran la ayuda, al ser inasumible la gestión por sobrecarga, el convenio aún no se ha firmado. Más información en la página 28.