Las peticiones de modificación de custodia, de visitas y de estancias de hijos de padres divorciados «se han disparado» en Castellón en la última semana, con motivo del estado de alarma sanitaria decretada en todo el país. Así lo confirmó ayer el decano del Colegio de Abogados, Manuel Mata, quien explicó que mientras los letrados han percibido una caída de otros asuntos judiciales en los últimos días, sí han constatado un incremento de solicitudes de progenitores de menores de edad que se encuentran en situación de custodia compartida y quieren alterar el regimen de visitas o estancias o directamente han incumplido las obligaciones judiciales durante este periodo.

«Esta semana le toca a mi exmarido pero me da miedo que en el traslado se pueda contagiar el niño y no quiero que se lo lleve»; «mañana tiene que recogerlo su madre pero debe acudir al trabajo cada día y me da miedo que le pueda afectar y también a la niña»... Son ejemplos de supuestos que platean a estos profesionales y que provocan malestar y confusión entre las partes afectadas.

Priorizar la salud de los niños debería ser la finalidad de las exparejas que se encuentran en esta esta situación, pero en este contexto de «ansiedad», no siempre se llegan a acuerdos favorables para ellos. Por ello, los letrados apelan a la «sensatez» y a velar por la salud del menor. «El papel de los abogados ahora mismo es aportar la cordura, fuera de la tension propia de cada caso, para intentar llegar a acuerdos y mediaciones, entre los mismos letrados, con el fin de evitar colapsar el juzgado de familia». «Nuestra labor es ser capaces de encontrar soluciones y convencer al cliente de aquella que sea menos mala, pues ir al juzgado puede ser peor, porque, dada la situación, no se resolverá a corto plazo», apuntó y «siempre siguiendo las directrices del Consejo General del Poder Judicial». De hecho, la Comisión Permanente del CGPJ acordó ayer que corresponde al juez la decisión pertinente acerca de la suspensión, alteración o modulación del régimen de custodia, visitas y estancias acordado en los procedimientos de familia cuando lo dispuesto en el Real Decreto 463/2020, por el que se declaró el estado de alarma, afecte a la práctica las medidas acordadas.

Y contempla que la necesidad de preservar el bienestar de los hijos y de los progenitores «puede imponer la modulación o la modificación del régimen, alterando o suspendiendo la ejecución de las pautas convenidas» o determinando como ejecutarlas.

Por ello, señala que las juntas sectoriales de Juzgados de Familia pueden adoptar acuerdos para unificar criterios. Una situación que se está analizando también en Castellón, según indicaron desde el TSJCV.