La Dirección General de Registros y Notariado (DGRN), perteneciente al Ministerio de Justicia, ha avalado a través de una resolución la suspensión de una escritura de préstamo hipotecario a cargo del registrador de la propiedad de la localidad de Sant Mateu, quien en su momento la había rechazado al entender que en el documento que se le presentaba se incluía una cláusula abusiva relativa a los intereses de demora por parte de una entidad de crédito.

l pasado 20 de junio, el registrador decidió calificar negativamente la escritura de la hipoteca para la adquisición de una vivienda habitual porque entendía que el interés moratorio pactado era abusivo, al exceder en más de dos puntos porcentuales el interés remuneratorio acordado entre prestamista y prestatario. Su decisión la tomó conforme a la reciente sentencia que dictó el Tribunal Supremo en este sentido. Por todo ello, desde la DGRN se toma en cuenta la decisión del registrador de Sant Mateu, que respalda totalmente, además de indicar que la citada sentencia no es de aplicación únicamente a las escrituras de préstamo hipotecario otorgadas a partir de la fecha de la decisión del alto tribunal, siempre que el prestamista sea un profesional dedicado a esta tarea y el prestatario un consumidor.

La DGRN recuerda a través de un comunicado que el registro de la propiedad es una institución al servicio de la seguridad jurídica preventiva y que está para evitar litigios y situaciones que puedan desencadenar conflictos. H