El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV) ha emitido un auto --con fecha 28 de junio-- en el que “deniega la suspensión cautelar” del decreto de coordinación en materia turística solicitada por la Diputación de Alicante, aunque se dan cinco días de plazo para recurrir.

La decisión implica que el decreto sigue en vigor, pendiente, eso sí, de la resolución definitiva de los dos recursos contenciosos-administrativos que piden derogarlo, presentados por la Diputación de Castellón y la de Alicante en abril; y por el Gobierno central, que lo registró en mayo.

CONTROVERSIA // El distinto signo político de las administraciones implicadas agrava el trasfondo del conflicto. En lo que la Generalitat ve una colaboración necesaria para evitar duplicidades en la política turística (y en la deportiva, con otro decreto) y su deseo de asumir las competencias propias de la autonomía; las diputaciones y el Ejecutivo estatal --ahora en funciones-- ven una injerencia a sus competencias y una centralización innecesaria, dado que, dicen, ya hay total coordinación.

El fallo judicial --que comporta costas de 800 euros para Alicante-- implica que no se acepta la suspensión cautelar, por lo que continuarán las reuniones y también la actividad del consejo de coordinación. De hecho, había una cita prevista tras el verano para empezar a hablar de los presupuestos turísticos del 2017.

Fuentes de la Diputación de Castellón opinaron ayer, “a la espera de conocer con detalle el auto”, que todavía está pendiente la resolución definitiva sobre el contencioso-administrativo contra el decreto. Añadieron que, de hecho, desde Castellón finalmente no se pidió en concreto la suspensión cautelar pero sí la derogación. Reiteraron que siempre están “dispuestos a colaborar en materia turística”, pero también se posicionarán “en contra de las imposiciones”, concretaron.

En la otra cara de la moneda, el director general de Administración Local de la Generalitat, Antoni Such, indicó que “las diputaciones de Alicante y Castellón dieron plante en la primera reunión de coordinación --a finales de abril--, pero dijeron que si se denegaba la suspensión cautelar, sí que participarían”. Por ello, pidió “colaboración” a las diputaciones para garantizar la “eficacia” y valoró que tras la sentencia el decreto “se podrá desarrollar con todo su potencial”, dado que falta el reglamento.

Los argumentos de la sección 5 de la sala de lo contencioso-administrativa del TSJCV para rechazar la suspensión cautelar se basan en que la solicitud de Alicante no tiene en cuenta “los intereses públicos del Consell”, si autorizara la suspensión. “Se ha presentado obviando el ejercicio de cualquier actividad de análisis de los intereses públicos afectados por la suspensión versus los intereses, también públicos, del solicitante de tutela perjudicados por la ejecución durante el tiempo que se pueda alargar el contencioso”, añade el auto. H