El CD Castellón ya no pierde esta temporada ni en los despachos. Los orelluts, este lunes, diera la razón a los albinegros a raíz de la denuncia de la impugnación del encuentro de los dieciseisavos de final, resuelto el pasado miércoles en El Collao por penaltis, debido a la alineación indebida de Juanma Acevedo, quien tenía un partido pendiente por acumulación de amonestaciones, a raíz de las vuelta de las semifinales de este torneo, cuando su exequipo, el Yugo Socuéllamos, fue eliminado. El exalbinegro, a la postre, anotó el lanzamiento que metió al Alcoyano en la siguiente ronda... hasta que la jueza única Carmen Pérez tumbó sus argumentos y, encima, le impuso una multa de 1.001 euros.

EL DÉBIL ARGUMENTO

El club alicantino, que contrató a un bufete experto en derecho deportivo, había alegado que «cuando un futbolista pasa de una federación territorial a otra, el reglamento federativo obliga a tramitar una solicitud de habilitación, trámite que el Alcoyano cumplió obteniendo un certificado de la federación de Castilla-La Mancha a favor de la federación valenciana emitido dentro del sistema informático Fénix de la RFEF». «Dicho certificado recoge, de manera literal y expresa, que Acevedo no tenía sanciones pendientes a 1 de agosto del 2019», profundizaba.

El Alcoyano, asimismo, reforzaba su defensa subrayando que «el jugador no fue informado por escrito por su anterior club de las sanciones que tenía pendientes, algo que el reglamento solo obliga a hacer cuando a un jugador se le concede la carta de libertad, pero no cuando simplemente concluye su compromiso por haber finalizado el plazo, que es lo que sucedió en el caso de Acevedo, habiendo también aportado prueba en este sentido».

No obstante, la jueza tumba las alegaciones del Alcoyano al fallar que «el certificado que aporta para defender dicho argumento carece de valor en relación con el objeto de la reclamación». «Esta alusión --va más allá-- se refiere, únicamente, a las competiciones de ámbito territorial organizadas por la federación de ámbito autonómico emisora del certificado», explica refiriéndose a la Tercera División, pero no alcanza la Copa RFEF, organizada directamente por la federación española.

La puntilla a la débil defensa del Alcoyano alude al decisivo documento de la federación española del pasado 8 de marzo, donde aparece el partido de suspensión a Acevedo: «La mencionada resolución fue debida y fehacientemente notificada al jugador a través del oportuno oficio dirigido al club en el que militaba».

Con todo, el Alcoyano dispone de «10 días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación», para interponer un recurso ante el Comité de Apelación. En todo caso, una vez Castellón y Jove Español ya hayan disputado los octavos de final.

VÍA LIBRE

Ahora, los albinegros se quedan a solo dos rondas de llegar a las semifinales de la Copa RFEF y, por consiguiente, disputar la próxima edición de la Copa del Rey. Además, ambas tendrían lugar en Castalia. Los octavos, frente al Jove Español (rival de Tercera), este jueves a las 20.00 horas. La siguiente eliminatoria (cuartos) estaría prevista para el 7 de noviembre, contra el vencedor del Poblense-Prat.