Los propietarios de perros de Nules que en el mes de marzo no hayan realizado las pruebas de ADN a sus mascotas se exponen a ser sancionados con hasta 3.000 euros, a partir del 31 de marzo, de acuerdo con lo establecido en la ordenanza municipal que aprobó el Ayuntamiento a finales del 2018 y fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el pasado 13 de diciembre.

Cuando anunciaron la puesta en marcha del servicio de identificación de ADN, el consistorio emitió un comunicado apuntando que era una prueba «voluntaria», lo que el alcalde, David García, atribuyó a «un error», dado que «si fuera optativa no tendría ninguna efectividad». De hecho, la citada normativa deja muy claro el carácter obligatorio de pasar por este trámite.

En concreto, es el artículo 9, sobre identificación y censo de animales, en el que se indica que la inscripción de los canes en el censo municipal es obligatorio «un mes después de su adquisición o en los tres primeros meses de vida». El punto cuarto detalla con claridad que «la determinación del patrón de ADN será requisito obligatorio para la inscripción en el censo». Tomar la muestra ahora es un proceso gratuito.

SANCIONES

En cuanto a la tipificación de las infracciones, es importante incidir en que la no inscripción en el censo se considera una falta leve (entre 60 y 750 euros), mientras que el incumplimiento de la obligación de identificar a los perros sería grave (entre 751 y 1.500 euros), considerando muy grave en los clasificados como de raza peligrosa (de 1.501 a 3.000 euros).