El Ayuntamiento de Alcalà de Xivert ya tiene en vigor el nuevo reglamento que ordena la posibilidad de que los agentes de la Policía Local puedan acogerse a labores de segunda actividad. El texto regulador fue aprobado en las últimas sesiones del pleno de la corporación municipal, y pasó los últimos trámites tras analizar las alegaciones presentadas.

La concejala de Personal, María Agut, destacó en su momento que con esta medida «seguimos un protocolo en el caso de que un agente solicite esta segunda actividad, en casos de enfermedad o por edad, y entre los artículos se encuentran los posibles lugares de destino, o cómo se establecen los tribunales médicos que deciden sobre este cambio». La edila añadió que el documento ya fue analizado en las mesas de negociación del consistorio.

El reglamento adopta los presupuestos incluidos en la ley autonómica de coordinación de policías locales, y desarrolla las funciones que pueden desempeñar los agentes cuando sus aptitudes psicofísicas ya no alcanzan la capacidad de seguir con sus tareas habituales. Entre los apartados del reglamento se determina que, de forma preferente, los componentes de la Policía Local harán actividades en el cuerpo.

OTRAS FUNCIONES / El articulado también abre la puerta a que hagan otras funciones dentro de la administración local. Entre ellas, está la detección y denuncia de infracciones, el control de ocupación de vía pública o la inspección de obras y construcciones. Los supuestos engloban la custodia y el mantenimiento de las instalaciones policiales, como los vehículos o la atención al público y la vigilancia en las sedes. El control de la seguridad en el campo está incluida dentro de las opciones de la segunda actividad.