La Generalitat valenciana ha aceptado el recurso de alzada presentado por el propietario de una vivienda de la Marjaleria de Nules y ha resuelto «dejar en suspenso la obligación impuesta de demolición de la vivienda», al amparo de la modificación de la ley urbanística valenciana aprobada en enero del año pasado.

Este sería el primer caso en el que se aplica esa especie de amnistía --sin ser exactamente eso-- anunciada por el gobierno autonómico en su momento, con el objetivo de regularizar la situación de miles de construcciones diseminadas por el territorio valenciano en zonas no edificables, aunque pocas se encuentren en el caso de Nules, donde hay bastantes vecinos que llevan años conviviendo con el miedo a una ejecución definitiva de los derribos que les harían perder sus casas.

PARALIZACIÓN DE SANCIONES / La resolución de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica recoge, además, «la anulación de la cuarta multa coercitiva impuesta por la dirección general de Medio Natural y Evaluación Ambiental», que había recibido el mismo propietario por una cantidad superior a los 3.000 euros, a pesar de que desde el Consell anunciaron que paralizarían la imposición de sanciones en el momento en que comenzara a tramitarse la aprobación del plan especial por parte del Ayuntamiento, algo que está en marcha desde hace meses.

El afectado, Juanjo Rovira, forma parte del grupo de vecinos cuya orden de restauración urbanística «fue declarada prescrita», como recoge el mismo documento, pero recuerdan que, como les sucederá a la mayoría de los propietarios de construcciones residenciales, para normalizar su situación deberá acogerse al «procedimiento de minimización de impactos ambientales», cuyo coste correrá por su cuenta. Además, lo emplazan a que, en el plazo de tres meses, retire todo el material de relleno de la parcela que, según aseguró el afectado, depositó a posteriori de la construcción.

Su abogado, Vicente Ferrara, insistió en lo compleja de esta causa, aunque apuntó a la posibilidad de que otros propietarios con orden de derribo pudieran seguir este mismo camino.