El síndic de greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Benicàssim para instarle a que anule los recibos del IBI de las parcelas incluidas en el ámbito de actuación del PAI Benicàssim Golf y que devuelva, como ingresos indebidos, los de años anteriores que no hayan prescrito.

La actuación del Síndic en este asunto se inició en agosto de 2017 tras recibir la queja de un ciudadano que planteaba el retraso en la tramitación de la resolución de los PAI y denunciaba el excesivo importe de los recibos del IBI de estas parcelas al ser valoradas como suelo urbano.

En su resolución, el Síndic apela a diversas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana referidas a dicho programa de actuación integral que vienen a declarar la nulidad de las liquidaciones de IBI practicadas sobre las parcelas, aclarando que éstas deben considerarse como suelo rústico a efectos catastrales.

En el caso concreto del ciudadano que presentó la queja ante el Síndic y que, al parecer, interpuso un recurso de reposición contra las liquidaciones de IBI de 2017, Cholbi considera que el Ayuntamiento de Benicàssim debe resolver dicho recurso y acordar la anulación de los recibos impugnados en base a los fundamentos de las sentencias mencionadas.

Además, el defensor subraya que estos recibos (del año 2017) se giraron tras el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de iniciar los trámites para resolver los programas urbanísticos; razón por la cual, sería imposible atribuir a los terrenos expectativas urbanísticas que hagan posible su valoración como suelo urbano.