E El Gobierno deberá tomar las medidas necesarias para reintegrar a los consumidores las sumas abonadas a Enagas en el 2015 por las tareas de mantenimiento del almacén de gas subterráneo Castor --situado frente a las costas de Vinaròs y ahora se encuentra en estado de hibernación--, que rondan los 18 millones de euros.

El Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por la patronal catalana Cecot contra la orden ministerial que establecía los peajes de acceso a las instalaciones gasistas, según recoge una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

La Cecot alegaba, entre otras cuestiones, que la orden recurrida se basaba en el Real Decreto-ley 13/2014, algunos de cuyos preceptos fueron declarados inconstitucionales en diciembre del año pasado. Por el contrario, las partes demandadas --la Administración y Escal UGS, la sociedad participada por ACS que construyó el almacén-- sostenían que la declaración de inconstitucionalidad de determinados apartados de la norma no implicaba que la orden ministerial fuera contraria a derecho.

En su sentencia, el Supremo reconoce que el Constitucional no anuló la hibernación del almacén, la extinción del contrato de concesión a Escal UGS y la asignación a Enagás de la gestión de las instalaciones, pero sí el artículo que concreta la retribución por las tareas de mantenimiento.

Por ello, anula lo establecido en la orden e insta a la Administración a «adoptar las medidas procedentes» para reintegrar las cantidades abonadas a Enagás.

La Cecot también ha impugnado las ordenes ministeriales correspondientes al 2016, 2017 y 2018 y espera que el fallo del Supremo sea favorable, explicó la patronal en un comunicado. En ese caso, según la Cecot, el Gobierno debería devolver al sistema gasista unos 200 millones.

«Consideramos que el Castor constituye una inversión fallida, y no estamos de acuerdo en que los usuarios del gas tengan que asumir el coste cuando ni se puso en marcha», recalcó el presidente de la Cecot, Antoni Abad.

En diciembre del 2017, el Constitucional anuló la indemnización de 1.350,7 millones de euros concedida a Escal UGS por la hibernación del proyecto.