La Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas ha convocado un total de 2.274 plazas para la atención a personas mayores dependientes en el 2019 y el 2020 a través del denominado concierto social, que se encargarán de prestar entidades sin ánimo de lucro.

Esta fórmula, que ya se aplicó el año pasado a más de 7.000 puestos para la asistencia a personas con diversidad funcional y enfermedad mental, sustituye al anterior régimen de subvención establecido hasta ahora. El motivo, según la propia Generalitat, es garantizar los principios de transparencia, publicidad y eficacia, asegurar la calidad del servicio y que las entidades prestatarias y sus trabajadores tengan una estabilidad financiera.

El servicio se prestará por un año prorrogable a otro por parte de las entidades que resulten adjudicatarias y contará con un presupuesto de más de 78 millones (39,16 para cada ejercicio).

¿QUIÉN PUEDE OPTAR? // Las entidades que pueden aspirar al concierto social son aquellas que no tienen ánimo de lucro, que gestionan recursos destinados a este colectivo. Entidades que gestionen tanto establecimientos residenciales como de atención diurna pueden concurrir al procedimiento. Un total de 1.636 plazas corresponden a atención residencial, 619 a centros de día y 20 al supuesto de viviendas tuteladas.

La convocatoria salió ayer publicada en el Diari Oficial de la Comunitat, que daba un mes para la presentación de solicitudes.

Los colectivos deben estar debidamente acreditados e inscritos en el registro de entidades, centros y servicios de Conselleria en el sector de servicios sociales correspondiente a personas mayores. Además, han de figurar al corriente del pago de las diversas obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, tener autorización de funcionamiento, acreditar o estar en condiciones de disponer de un certificado de calidad del centro antes de que termine el convenio o su prórroga.

A la hora de valorar las ofertas, se tendrá en cuenta, entre otros, los años de experiencia contrastada; la continuidad en la atención, en relación con la calidad prestada, las mejoras en personal, valorándose las ratios, que superen los mínimos marcados por la regulación vigente. Además, se valorarán las cláusulas sociales y otros aspectos.

Los centros de día en cuestión prestarán atención 247 días al año (uno más si es bisiesto) de 8.00 a 20.00 horas cerrando sábados, domingos y festivos.

El acceso a los puestos será siempre a través del procedimiento y órgano de la Administración competente. La Conselleria podrá inspeccionar los edificios cuando lo considere oportuno.